Recordó la
Superintendencia de Servicios
EMPRESAS DE GAS ESTÁN OBLIGADAS A REVISAR INSTALACIONES
DOMICILIARIAS
Bogotá, 17 mar. (SNE).- Cada cinco años todas las
empresas prestadoras del servicio de gas combustible por red de
tubería tienen la obligación de inspeccionar las
instalaciones internas y los medidores de los usuarios.
Así lo recordó la Superintendencia de Servicios
Públicos al reiterar que así como es obligatorio
para las empresas hacer dicha revisión quinquenal, los usuarios
también deben permitir dicho procedimiento.
El pronunciamiento de la Superservicios fue hecho a raíz
de la posición de algunas autoridades locales en varios
municipios del país, a la revisión pese a que así los
ordena la Resolución 067 de 1995, de la Comisión
de Regulación de Energía y Gas (CREG), donde se establece
el cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad que
deben tener las instalaciones internas de los usuarios.
En ese sentido, la Superintendencia solicitó a todas las
autoridades Municipales y Distritales prestar la colaboración
que sea necesaria, con el fin de facilitar y garantizar los operativos
de revisión a las instalaciones internas y medidor del usuario.
De acuerdo con la entidad la revisión es fundamental si
se tiene en cuenta que en Colombia existen alrededor de 3 millones
800 mil usuarios del servicio de gas combustible por red de tubería,
lo cual hace necesario prevenir y disminuir el riesgo de accidentes
contra la salud y seguridad de las personas por eventos como inhalación
de gases tóxicos o explosión por acumulación
de gases.
La Superservicios señaló, además, que las
empresas están autorizadas para suspender el servicio a
los usuarios cuando, por alguna razón ajena a la empresa,
no se permita la revisión quinquenal.
Así mismo recordó que el costo de las pruebas y
reparaciones que se requieran de acuerdo con el resultado de la
inspección, son con cargo al usuario del gas natural domiciliario. |