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17 de marzo

Recordó la Superintendencia de Servicios

EMPRESAS DE GAS ESTÁN OBLIGADAS A REVISAR INSTALACIONES DOMICILIARIAS

Bogotá, 17 mar. (SNE).- Cada cinco años todas las empresas prestadoras del servicio de gas combustible por red de tubería tienen la obligación de inspeccionar las instalaciones internas y los medidores de los usuarios.

Así lo recordó la Superintendencia de Servicios Públicos al reiterar que así como es obligatorio para las empresas hacer dicha revisión quinquenal, los usuarios también deben permitir dicho procedimiento.

El pronunciamiento de la Superservicios fue hecho a raíz de la posición de algunas autoridades locales en varios municipios del país, a la revisión pese a que así los ordena la Resolución 067 de 1995, de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), donde se establece el cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad que deben tener las instalaciones internas de los usuarios.

En ese sentido, la Superintendencia solicitó a todas las autoridades Municipales y Distritales prestar la colaboración que sea necesaria, con el fin de facilitar y garantizar los operativos de revisión a las instalaciones internas y medidor del usuario.

De acuerdo con la entidad la revisión es fundamental si se tiene en cuenta que en Colombia existen alrededor de 3 millones 800 mil usuarios del servicio de gas combustible por red de tubería, lo cual hace necesario prevenir y disminuir el riesgo de accidentes contra la salud y seguridad de las personas por eventos como inhalación de gases tóxicos o explosión por acumulación de gases.

La Superservicios señaló, además, que las empresas están autorizadas para suspender el servicio a los usuarios cuando, por alguna razón ajena a la empresa, no se permita la revisión quinquenal.

Así mismo recordó que el costo de las pruebas y reparaciones que se requieran de acuerdo con el resultado de la inspección, son con cargo al usuario del gas natural domiciliario.

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