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22 de marzo

Gobierno anuncia vigilancia especial

FUERTES SANCIONES PARA IPS QUE NIEGUEN ATENCIÓN DE URGENCIAS

Bogotá, 22 mar. (SNE). El viceministro de Salud, Eduardo Alvarado Santander, advirtió que una institución prestadora de salud (IPS) que se niegue a prestar atención de urgencia a una persona cuya vida corra peligro, puede ser sancionada con multas sucesivas de tipo económico y hasta con el cierre de la entidad, si así lo señala el debido proceso.

“Sin perjuicio de sanciones de tipo penal o administrativo, hay sanciones en multas sucesivas en salarios mínimos a la entidad o representantes legales de las entidades cuando haya responsabilidad. Y existe la posibilidad de que se cierren, dependiendo de lo que se identifique en el debido proceso de la investigación”, dijo el funcionario, el explicar el contenido de una circular que envió el Ministerio de la Protección Social a IPS, EPS, ARS y directores seccionales, locales y distritales de salud.

Según el Viceministro, la circular hace varias advertencias sobre el tema, en consonancia con las normas existentes sobre calidad y oportunidad de la atención en salud.

Una de ellas es que “el proceso de clasificación de la prioridad de los pacientes de urgencias no puede estar a cargo de cualquier persona, ni del vigilante ni de la aseadora, sino que debe desarrollarse a través de profesionales idóneos capacitados para esta tarea”.

Señaló que no es posible que, como condición para ser atendidas de urgencia, a las personas se les cobre o se les exija el pago previo de cuotas moderadoras o copagos o de cualquier otro tipo de contribución.

De igual manera, no pueden aplicarse períodos mínimos de cotización, ni se puede exigir un contrato previo de la EPS o de la ARS, como requisito para que la persona reciba atención inicial de urgencias.

Recordó que este tipo de atención debe garantizarla la IPS, de acuerdo con su nivel de complejidad, a la población que no tenga régimen subsidiado o contributivo, con cargo a los recursos que los entes territoriales pagan a los hospitales y que la Nación transfiere, mediante el Sistema General de Participaciones, a los entes territoriales.

El Viceministro de Salud aclaró que la atención inicial de urgencias “no es recibir al paciente, examinarlo y ponerle unos líquidos endovenosos, sino que significa la atención para estabilizar sus signos vitales y proteger la integridad y la vida en inminente peligro”.

“No podemos reducir esa atención a pañitos de agua tibia”, sostuvo.

Explicó que si es necesario internar al paciente en una unidad de cuidados intensivos para esa atención inicial de urgencias, hay que hacerlo.

“La IPS debe hacerlo si tiene disponibilidad y la EPS debe pagar esa atención como parte de la atención inicial de urgencias. Porque no se acepta que se le niegue la autorización para ingresar a una unidad de cuidados intensivos, porque le falten semanas de cotizaciones”, afirmó.

Reiteró que “en ese caso, si hay necesidad de unidad de cuidado intensivo, debe hacerse su atención en esta unidad, debe ser obligación de la IPS hacerlo y obligación de la EPS o de la ARS pagar esa atención”.

Según el Viceministro, hay procedimientos de orden quirúrgico que pueden ser necesarios para la estabilización de los signos vitales de un paciente.

Si el paciente –dijo– necesita una operación quirúrgica, como por ejemplo una cirugía de corazón, para estabilizar sus signos vitales y salvarle la vida, esa cirugía de corazón hace parte de la operación inicial de urgencias, por lo cual “no puede ser negada por una IPS, su pago no puede ser negado por la EPS y no puede haber de por medio la exigencia de un papel autorizando previamente esa cirugía, porque mientras llega el papel el paciente puede fallecer”.

El viceministro Alvarado Santander recordó que las IPS practican más de 200 millones de acciones en salud en forma exitosa, pero se presentan casos puntuales lamentables, que “no queremos que ocurran, no deben ocurrir y no pueden seguir ocurriendo”.

Anunció que, frente a estos hechos puntuales, “habrá una vigilancia especial para que esto no vuelva a ocurrir”.

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