Los
precios se aplicarán a todos los usuarios del transporte
de carga y pasajeros
FIJAN CRITERIOS PARA TARIFAS FÉRREAS ENTRE CHIRIGUANÁ Y
SANTA MARTA
Bogotá, 28 mar. (SNE).- El Gobierno Nacional definió los
criterios con los cuales se manejarán las tarifas que
pagarán los usuarios del transporte férreo de carga
y pasajeros en el tramo Chiriguaná - Santa Marta.
Este tramo forma parte de la concesión de los ferrocarriles
del Atlántico que manejarán varias empresas carboneras
asociadas que acaban de comprometerse a manejar la concesión
cedida por el Consorcio Fenoco, y a hacer inversiones del orden
de los 350 millones de dólares.
Como consecuencia de la reestructuración de la concesión
férrea de Fenoco y mediante el decreto 888 del 27 de marzo
de 2006, el Gobierno Nacional -a través del Ministerio
de Transporte- definió los criterios para fijar las tarifas
que deberán pagar los usuarios del transporte ferroviario
en ese tramo.
La universalidad, neutralidad, eficiencia, transparencia y suficiencia
son los criterios generales que estableció el decreto
para fijar las tarifas. Con la universalidad se busca que las
tarifas establecidas se apliquen a todos los usuarios, personas
naturales o jurídicas que soliciten transitar por el corredor.
Con base en esos criterios, las tarifas deben permitir el uso
eficiente del corredor, el valor debe ser explícito y
público y debe asegurar la recuperación de la inversión,
los costos y gastos de la operación, expansión,
conservación y mantenimiento.
Las tarifas de carga se establecen sobre la cantidad de toneladas
transportadas por cada usuario en cualquier trayecto y con independencia
de la distancia recorrida por cada usuario. La tarifa máxima
será establecida por el Ministerio de Transporte.
Esa cartera también fijará la participación
económica que, a título de Derecho de Tránsito,
corresponderá al Instituto Nacional de Concesiones (Inco)
para el caso de la concesión y la tarifa de uso del corredor
para el transporte de pasajeros, la cual estará en función
del número de pasajeros.