Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 
 
 
Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
6
7
13
20
21
27
2 de mayo

Se cumplirá en un lapso de 46 días

COMIENZA CICLO DE VACUNACION CONTRA LA FIEBRE AFTOSA Y BRUCELOSIS

  • Definen zonas en donde se aplaza el proceso.

Bogotá, 2 may. (SNE).- A partir de hoy y durante los próximos 46 días, los ganaderos del país, excepto en algunas zonas específicas, deben vacunar a sus animales contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina.

El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, entidad que se encarga de supervisar el proceso desde la producción de los biológicos hasta la aplicación y registro, informó que se aplaza la vacunación de animales ubicados en una parte del centro y el suroccidente del país.

Esas zonas serán presentadas ante la Organización Mundial de Sanidad, OIE y en consecuencia, en ellas se hará un muestreo sexológico encaminado a lograr la certificación internacional de esos territorios como libres de aftosa con vacunación.

En el Urabá chocoano y en las islas de San Andrés y Providencia, zonas certificadas como libres de fiebre aftosa sin vacunación, los ganaderos no tendrán que cumplir con este requisito.

El ciclo de vacunación fue determinado por el ICA a través de la Resolución 1075 del 26 de abril de 2006, la cual establece además que durante la inmunización de los bovinos contra la fiebre aftosa, la entidad hará un estricto control al cumplimiento de las normas establecidas para el buen desarrollo del ciclo de vacunación.

Esos controles se llevarán a cabo en forma especial en todas las zonas reconocidas como libres de la enfermedad con vacunación, en las establecidas como de protección y en las próximas a certificar durante los años 2007 y 2008.

Con excepción de los departamentos y municipios en donde quedó aplazada la vacunación, la totalidad de los animales deben ser inmunizados contra fiebre aftosa y deben tener el registro como requisito indispensable para su movilización con destino a fincas, ferias, subastas, remates, mataderos u otro tipo de actividades que impliquen concentración de animales susceptibles a contraer la enfermedad.

En caso de movilización de animales hacia otras zonas del país procedentes de los departamentos y municipios próximos a presentar ante la OIE, donde no se vacunará en este ciclo, éstos deberán ser vacunados en el destino, informó el ICA.

VACUNACION APLAZADA

La zona donde queda aplazada la vacunación incluye los siguientes departamentos y municipios: Caquetá (excepto el municipio de Solano), Cauca, Cundinamarca en los municipios de Agua de Dios, Beltrán, Chaguaní, Girardot, Guataquí, Jerusalén, Nariño, Nilo, Puli, Ricaurte, San Juan de Rioseco; los municipios tolimenses de Alpujarra, Alvarado, Anzoátegui, Ataco, Cajamarca, Carmen de Apicalá, Chaparral, Coello, Coyaima, Cunday, Dolores, Flandes, Guamo, Ibagué, Icononzo, Melgar, Natagaima, Ortega, Piedras, Planadas, Prado, Purificación, Rioblanco, Roncesvalles, Rovira, Saldaña, San Antonio, San Luís, Suárez, Valle de San Juan y Villarrica.

en el Valle del Cauca también fue aplazada la vacunación en los municipios de Andalucía, Bolívar, Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Cali, Calima (Darien), Candelaria, Dagua, El Cerrito, Florida, Ginebra, Guacarí, Jamundí, La Cumbre, Palmira, Pradera, Restrepo, Riofrío, San Pedro, Trujillo, Tulúa, Vijes, Yotoco y Yumbo; además de la totalidad de los municipios de los departamentos de Huila, Nariño y Putumayo.

BRUCELOSIS BOVINA

Simultáneamente con la vacunación contra la fiebre aftosa, se realizará la vacunación en todo el país contra la brucelosis bovina que se hará a toda hembra bovina y bubalina, entre los tres y ocho meses de edad, mediante la aplicación de vacunas registradas y aprobadas por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA (Cepa 19 y Cepa RB51).

No se vacunará contra brucelosis en el departamento de San Andrés y Providencia y en la Provincia de García Rovira en Santander, región que se encuentra en preparación para ser declarada, a mediano plazo por el ICA, como libre de la enfermedad.

Las terneras vacunadas contra brucelosis se deben identificar con la letra “V” en el cachete derecho (región masetérica), por medio de marca fría con nitrógeno líquido o hierro candente. Esta identificación estará bajo responsabilidad del ganadero o del comprometido de la ganadería.

Entre tanto, los ganaderos que utilicen sistemas de identificación individual mediante tatuajes, orejera, micro-chip o chapeta, podrán habilitarlo como mecanismo de identificación de la vacunación, y la relación de terneras vacunadas quedará consignada con esta identificación en el Registro de Vacunación (RUV).

Los ganaderos que no vacunen contra estas dos enfermedades (fiebre aftosa y brucelosis bovina) dentro del ciclo programado, tendrán que vacunar, según el caso, todos sus bovinos o terneras bajo la supervisión del ICA y en las fechas que para tal efecto fije el Instituto, pagar los costos causados por la vacunación y las multas impuestas por no cumplir con lo dispuesto en la Ley.

Imprimir

Linea de Quejas y Reclamos 01800-913666

© 2003 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA