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5 de mayo

Expide la circular externa 004 del 2 de mayo

MAYOR CONTROL DE SUPERFINANCIERA A MANEJO DE RECURSOS EN CAMPAÑAS PRESIDENCIALES

Bogotá, 5 may. (SNE).- La Superintendencia Financiera expidió la circular externa 004 con el fin de extremar los controles al manejo de recursos en todas las campañas presidenciales y sobre las personas autorizadas para manejar los dineros depositados o los diferentes productos financieros solicitados.

El texto completo de la circular es el siguiente:

CIRCULAR EXTERNA 004 DE 2006
( Mayo 02 )

Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS ENTIDADES VIGILADAS

Referencia: Requerimiento de información sobre productos y servicios constituidos a favor de las campañas presidenciales – Modificación numeral 6, Capítulo 11, Título Primero de la Circular Externa 007 de 1996.

Apreciados señores:

Como es de su conocimiento, según lo previsto en el subnumeral 2.1.9 del Capítulo 11, Título Primero de la Circular Externa 007 de 1996, las entidades vigiladas por esta Superintendencia están en el deber de adoptar mecanismos de conocimiento del cliente más estrictos respecto de las personas que por su perfil o por las funciones que desempeñan, pueden estar expuestas en mayor grado al riesgo de lavado de activos y de financiación del terrorismo.

Lo anterior implica que las entidades vigiladas deben adoptar mecanismos más estrictos de vinculación y cumplir respecto de las personas que identifiquen con dichas características procedimientos de control y monitoreo de operaciones más detallados y exigentes que los realizados en relación con las operaciones de los demás clientes.

Teniendo en cuenta lo anterior y para garantizar que las entidades actúen con la rigurosidad que el tema exige, este Despacho por solicitud de la Unidad de Inteligencia y Análisis Financiero (UIAF) y en desarrollo de las facultades previstas en el artículo 10 de la Ley 526 de 1999 y en el artículo 15 de la Ley 996 de 2005, considera necesario modificar el numeral 6º, Capítulo 11, Título Primero de la Circular Externa 007 de 1996 e incorporar la proforma “Información sobre Campañas Presidenciales” y el correspondiente documento técnico.

En tal virtud y en desarrollo del deber legal de colaboración con las autoridades competentes en la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo, a partir de la entrada en vigencia de la presente circular, las entidades vigiladas deberán suministrar a la UIAF la información que posean en relación con los servicios que estén prestando o los productos que tengan constituidos a favor de las campañas. En especial, deberán suministrar a la UIAF la información relacionada con los titulares, los representantes legales y las personas con firmas autorizadas, en la forma y términos que se señalan en el documento técnico que se anexa a la presente instrucción.

El reporte de información que se envíe a la UIAF no suple la obligación de informar a la autoridad electoral o a la Fiscalía General de la Nación los asuntos de su competencia y se entiende sin perjuicio del deber de las entidades vigiladas de reportar las operaciones sospechosas vinculadas con donaciones o aportes, de conformidad con lo previsto en el inciso 2 del numeral 6º del Capítulo 11, Título Primero de la Circular Externa 007 de 1996 de esta Autoridad -“Reglas especiales sobre cuentas para el manejo de los recursos de las campañas presidenciales (Artículo 15, Ley 996 de 2005)”- adicionado por la Circular Externa 01 de 2006 de esta Superintendencia.

La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el numeral 6º, Capítulo 11, Título I de la Circular Externa 007 de 1996 e incorpora la proforma “Información sobre Campañas Presidenciales” y el correspondiente documento técnico.
Atentamente,

AUGUSTO ACOSTA TORRES
Superintendente Financiero de Colombia

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