Como cotización pagarán
sólo un 4% de la bonificación que les da el Instituto
MADRES COMUNITARIAS DEL ICBF INGRESAN AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO
DE SALUD
Bogotá, 9 may. (SNE).- A través de la Ley 1023
de 2006, sancionada por el presidente Álvaro Uribe Vélez,
el Gobierno Nacional dispuso que las madres comunitarias del
ICBF se afiliarán al régimen contributivo de salud,
para lo cual deben cotizar sólo el 4 por ciento de la
bonificación que les paga el Instituto.
“Las madres comunitarias del programa Hogares Comunitarios
del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), se afiliarán
con su grupo familiar al régimen contributivo del sistema
general de seguridad social en salud y se harán acreedoras
de todas las prestaciones asistenciales y económicas derivadas
del mismo”, dice la Ley.
Ordena que “la base de cotización para la liquidación
de aportes con destino a la seguridad social por parte de las
madres comunitarias, así como las prestaciones económicas,
se hará teniendo en cuenta las sumas que afectivamente
perciban las madres comunitarias por concepto de bonificación”.
“Las madres comunitarias –agrega–, cotizarán
mensualmente como aporte al sistema general de seguridad en salud
un valor equivalente al 4 por ciento de la suma que reciben por
concepto de bonificación del ICBF.
Las organizaciones administradoras del programa de Hogares de
Bienestar recaudarán las sumas citadas, mediante la retención
y giro del porcentaje descrito a la EPS escogida por la madre
comunitaria.
Las tasas de compensación que las madres comunitarias
cobran a los padres usuarios serán de su propiedad exclusiva.