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REGLAMENTAN SISTEMA DE COMPENSACIÓN PARA COMPRA Y VENTA DE DIVISAS

Bogotá, 26 may. (SNE).- Con el fin de darle una mayor seguridad a las operaciones de compra y venta de divisas que se realiza entre entidades financieras, el Banco de la República reglamentó el sistema de compensación.

El gerente administrativo del Banco, Gerardo Hernández, explicó que de esta manera, se definen reglas claras en materia de gestión y administración de los riesgos inherentes a la compensación y liquidación de los pagos originados en las negociaciones de compra y venta de divisas efectuadas en el mercado interbancario colombiano.

Explicó que por medio de la resolución externa 4 de 2006 lo que se busca es que se hagan de una manera más eficiente y segura los pagos realizados entre los bancos y las otras entidades en la compra y venta de divisas para disminuir los riesgos de esos pagos.

La resolución busca regular todo el sistema, quién lo administra, qué tipo de riesgos se mitigan, qué tipo de procedimientos hay que seguir para que se disminuyan esos riesgos, y establece quiénes pueden ser los participantes en ese sistema, señaló.

Hoy día los pagos por la compra y venta de divisas entre los bancos y demás entidades del mercado cambiario tiene una demora y el sistema reglamentado permitirá hacer una compensación y el pago contra entrega, de manera inmediata.

“Esta es una medida fundamentalmente para proteger al sistema financiero y para buscar una mayor eficiencia”, puntualizó el Gerente Administrativo del Emisor.

En las sociedades encargadas de hacer compensación pueden participar como accionistas los establecimientos de crédito y hoy se autorizó a las casas de cambio siempre y cuando cumplan con los procedimientos y los requisitos que establezca la sociedad que va a administrar el sistema de compensación.

En una operación de compra y venta de divisas hay diferentes clases de riesgos, operativos, legales, de liquidez, sistémicos y se busca con esta reglamentación mitigarlos o disminuirlos.

El riesgo de crédito se elimina mediante el cumplimiento de operaciones en un esquema de pago contra pago (PVP), es decir, si el participante no entrega la moneda vendida, no recibirá la moneda adquirida.

La reducción del riesgo de liquidez se basa en esquemas de ahorro de recursos a través de la utilización de modelos de compensación de neteo multilateral y de acuerdos con proveedores de liquidez.

Los proveedores de liquidez son entidades financieras que mediante contratos con el administrador del Sistema, se comprometen a suministrar los pesos o divisas necesarias para que en caso de que uno o más de sus participantes incumplan con la transferencia de los pesos o las divisas, éste pueda cumplir de manera oportuna con la compensación y liquidación de los pagos.

Las sociedades de compensación serán vigiladas por la Superintendencia Financiera.

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