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4 de Noviembre

GOBIERNO CONCEDIÓ UN INDULTO Y NEGÓ TRES

Bogotá, 4 nov. (SNE).- El Gobierno Nacional concedió el beneficio jurídico de indulto a un ex integrante de las AUC, al tiempo que se lo negó a otras tres personas, dos desmovilizadas de las AUC y una del ELN.

A través de la Resolución 284 del Ministerio del Interior y de Justicia, fue concedido el indulto a Omar de Jesús Ojeda, respecto a la condena impuesta por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, por cometer el delito de ‘fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones’. Ojeda no podrá ser procesado ni juzgado por los mismos hechos que dieron lugar a la concesión del beneficio.

En el mismo documento se niega otro beneficio de indulto, solicitado por este señor, esta vez por una condena impuesta por el delito de concierto para delinquir.

“El indulto concedido quedará sin efecto alguno si el beneficiario cometiere cualquier delito doloso dentro de los 2 años siguientes a su concesión, (…)”, aclara la Resolución.

El Instituto Nacional Penitenciario (INPEC) tendrá que verificar los antecedentes y procesos penales que se adelanten contra el indultado, con el fin de constatar la no existencia de otras sentencias condenatorias que no permitan otorgar el beneficio.

NEGADOS

El Ejecutivo negó este beneficio a otros tres desmovilizados:

  1. José Fernando Pineda Rojas. Desmovilizado del ‘Bloque Bananero’ de las AUC. Solicitó indulto por una condena impuesta por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Yopal (Casanare), por concierto para delinquir. Fue negado en la resolución 281.
  2. Wilber José Carmona Orozco. Desmovilizado de las AUC. Solicitó el beneficio de indulto por una condena impuesta por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Villavicencio (Meta), por haber cometido el delito de concierto para delinquir. Le fue negado el indulto en la resolución 282.
  3. Luis Omar García Argüelles. Desmovilizado del ELN. Pidió indulto por una condena del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Quibdó (Chocó), el cual decretó la acumulación jurídica de penas por la comisión del delito de extorsión. La resolución 283 negó la solicitud.
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