Insta a respetar y
hacer cumplir nuevas restricciones sobre edad mínima en
que adolescentes pueden empezar a trabajar
URIBE CELEBRA ENDURECIMIENTO DE PENAS PARA RESPONSABLES DE DELITOS
CONTRA MENORES
Bogotá, 8 nov. (SNE).- “Celebro muchísimo
el capítulo que endurece las penas para los responsables
de delitos contra menores. El país ha venido reclamando
más severidad en esta materia y hoy damos un paso adelante”,
dijo el presidente Álvaro Uribe Vélez al sancionar
la Ley 1098 de 2006, que expide el nuevo Código de la Infancia
y la Adolescencia.
“Los diferentes tipos delictivos cuyas víctimas son
menores, de acuerdo con la ley que hoy estamos sancionando, disponen
de mayores penas. Disponen de la prohibición de darles a
los criminales responsables de esos delitos descuentos de penas,
subrogados penales, libertades provisionales”, explicó.
El Mandatario se refirió también a la disposición
contenida en el nuevo Código, según la cual, por
lo menos una vez a la semana los medios de comunicación
deben presentar, con nombres completos y foto reciente, a las personas
que hayan sido condenadas durante el último mes por cualquiera
de los delitos contemplados en el título de la Ley denominado “Delitos
contra la libertad, integridad y formación sexuales” de
los menores de edad.
“Trae la sanción moral más efectiva en una
sociedad democrática, que es la amplia difusión de
las sanciones o de las penas que se impongan a personas responsables
de delitos contra menores. Creo que ese es un gran disuasivo en
una sociedad democrática. Y pienso que esa es la parte menos
costosa y que puede ser más eficaz”, dijo.
Y agregó: “Cuanto antes empecemos, mejor. Yo particularmente
veo con mucha confianza el efecto para combatir a la delincuencia
contra menores, de esta disposición de sanción moral
a través de la publicación del nombre de quien cometió el
crimen, del crimen por el cual se le sanciona y de la pena que
le ha sido impuesta”.
El Presidente de la República hizo,
igualmente, un llamado para que se respeten y se hagan cumplir
las nuevas restricciones
en materia de trabajo infantil.
Según la ley, la edad mínima para trabajar de los
menores será de 15 años. Excepcionalmente los menores
de 15 años pueden ser autorizados para desempeñar
actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo
y deportivo. La autorización establecerá el número
de horas máximas, que en ningún caso excederán
las 14 horas semanales.
Al respecto el presidente Uribe declaró: “Quisiera
destacar el capítulo que hace más restrictivas las
disposiciones para el trabajo de menores. Creo que es un gran avance.
Que, por supuesto, su cumplimiento dependerá mucho no solamente
de que se observen esas formalidades, se respeten esas edades,
sino de que podamos cumplir todas nuestras metas educativas, todas
nuestras metas de apoyo a las familias, y podamos cumplir todas
las metas de crecimiento de la economía y las diferentes
políticas sociales”.
El Jefe de Estado sostuvo que la política social del Gobierno
Nacional, dentro de ella la que se adelanta en el Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar (Icbf), tiene el carácter de estructural.
“Esta política, apoyando las políticas educativas,
son las que finalmente van modificando la estructura del acceso
a las oportunidades y la estructura de equidad en la distribución
del ingreso en Colombia. Políticas sociales cuyo resultado
en el mediano y largo plazo sea modificar para bien la distribución
del ingreso, sea modificar para bien el acceso de los colombianos
a todas las oportunidades, son políticas sociales estructurales”,
dijo.
Consideró que, tal vez, la única política
asistencial sea la atención alimentaria y monetaria que
el Icbf brinda a 600 mil ancianos, “pero las sociedades democráticas
no pueden seguir mirando a los ancianos que deambulan por las calles,
con hambre y sin atención, a pesar de que atenderlos sea
una política asistencial”.
“Creo que es una política asistencial necesaria para
la construcción de cohesión social, que es un principio
fundamental de la democracia”, concluyó. |