RADICADA PONENCIA
DE REFORMA TRIBUTARIA
Bogotá, 8 nov. (SNE).- Diecisiete senadores y representantes
integrantes de las Comisiones Económicas del Congreso, radicaron
este miércoles la ponencia del proyecto de reforma tributaria
que fuera presentado por el Ministerio de Hacienda el 28 de julio
pasado.
La ponencia comenzará a ser discutida en los próximos
días en las comisiones conjuntas de Cámara y Senado
y la votación se producirá unos días después.
Entre los puntos principales se encuentran los siguientes:
- El impuesto al patrimonio se cobrará a quienes al 1° de
enero de 2007 posean capitales superiores a los 3 mil millones
de pesos. Se aplicará durante los años 2007, 2008,
2009 y 2010. La tarifa será del 1,2 por ciento.
- La deducción a los impuestos de industria y comercio,
avisos y tableros y predial, será del 100 por ciento, siempre
y cuando tengan relación de causalidad con la actividad
económica del contribuyente.
- A partir del 1° de enero de 2007 se podrá deducir
el 25 por ciento de las inversiones realizadas en activos productivos.
Actualmente es del 30 por ciento.
- Para el impuesto de renta presuntiva
se presume que la renta liquida del contribuyente no es inferior
al 3 por ciento de su
patrimonio líquido. Hoy día es del 6 por ciento.
- En materia del impuesto de renta quedan
cuatro tarifas: están
exentos del impuesto los ingresos entre o pesos y 21 millones 80
mil. Una tarifa del 20 por ciento para ingresos entre 21,8 millones
y 34 millones de pesos; una tarifa del 29 por ciento para ingresos
entre 34 millones y 82 millones; y para 82 millones en adelante
se aplicará una tarifa del 35 por ciento.
- La tabla de retención en la fuente sobre los pagos efectuados
por personas naturales o jurídicas, sociedades de hecho,
comunidades organizadas y sucesiones ilíquidas, originados
en relación laboral, o legal o reglamentaria, será la
siguiente:
No pagarán retención los
pagos entre 0 pesos y 1,9 millones; una tarifa del 20 por ciento
para los pagos entre $1,9
millones y $3 millones; una tarifa del 29 por ciento para pagos
entre 3 y 7,2 millones de pesos mensuales; y para cifras mayores
a 7,2 millones, una tarifa del 35 por ciento.
- En cuanto al IVA, quedan con tarifa del
10 por ciento, el café tostado
o descafeinado, el arroz para uso industrial, la harina de trigo,
las demás harinas de cereales, el azúcar de caña
o remolacha, los jarabes de glucosa, el cacao en masa y en polvo,
el chocolate, las pastas alimenticias.
- También pagarán 10 por ciento de IVA los servicios
de medicina prepagada, los servicios de clubes sociales o deportivos,
los servicios de alojamiento, las comisiones percibidas por la
colocación de planes de salud en medicina prepagada.
- Para vehículos y aeronaves quedaron
tarifas del 20, 25 y 35 por ciento dependiendo del valor del
carro.
- Para la telefonía celular se mantiene
la tarifa del 20 por ciento, 4 puntos de ellos para el fomento
del deporte.
- En el impuesto del 4 Por Mil, queda para
retiros superiores a los 7 millones de pesos. Se elimina el carácter de exclusividad
de destino a vivienda para quedar exentas y se podrá deducir
el 25 por ciento de este gravamen.
- Los constructores tendrán derecho a descontar el 4 por
ciento del valor registrado en la escritura de venta del inmueble,
por concepto de IVA pagado en la adquisición de materiales
de construcción de cada Vivienda de Interés Social
(VIS). |