Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 
 
 
Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
15
16
22
29
6 de Octubre

Notarios actuales tendrán que competir contra miles de abogados en las mismas condiciones

GOBIERNO REGLAMENTÓ LEY PARA CONCURSO DE NOTARIOS

Bogotá, 06 sep. (SNE).- El Gobierno Nacional expidió el decreto 3454 a través del cual se reglamenta la ley 588 de 2000 en el que se anuncian los pasos y requisitos que deben llenar los aspirantes al cargo de notario en los 836 despachos que serán sometidos a concurso de méritos.

El Ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi, señaló que este decreto da cumplimiento a mandato constitucional que ordena adelantar este concurso de carrera para todos los notarios del país.

Convocatoria: El Consejo Superior de Carrera Notarial señalará fechas y plazos de la inscripción, las notarías para las cuales se convoca a concurso –indicando departamento, distrito, municipio, círculo, número y categoría-, los requisitos que deben acreditarse según la categoría de la notaría, el puntaje para las fases y naturaleza de cada una de éstas, fecha de publicación de la lista de los aspirantes convocados a presentar la prueba por haber obtenido el puntaje, prueba a aplicar, fecha, hora y lugar de aplicación y fecha de publicación de los resultados de la prueba y de la convocatoria a entrevista.

Inscripción: La inscripción y presentación de los documentos con los que el aspirante pretenda acreditar el cumplimiento de requisitos para aspirar al cargo de notario, se garantizará mediante la experiencia, títulos y obras que se pretendan hacer valer.

El ministro Carlos Holguín señaló que, por ejemplo, se aceptará el tiempo de desempeño del cargo de notario certificado por la Superintendencia de Notariado y Registro, la publicación de obras en áreas del Derecho –lo cual otorgará cinco 5 puntos- y estudios de postgrado debidamente acreditados –permitirán contar con 10 puntos como máximo-.

Análisis de requisitos y antecedentes: En el artículo sexto del decreto, se establece que en los documentos acreditados, el Consejo Superior, con la colaboración de las entidades que señale el reglamento, evaluará si el aspirante cumple los requisitos para aspirar al cargo o si está impedido para hacerlo, en cuyo caso será eliminado del concurso mediante “decisión motivada” que se publicitará a través de los mecanismos que prevea el reglamento de conformidad con la ley.

“En ningún caso los aspirantes podrán aportar documentación adicional a la originalmente remitida”, agrega el documento.

Calificación de la experiencia: Durante esta fase, los aspirantes podrán obtener hasta 50 de los 100 puntos de calificación del concurso, así: 35 puntos por experiencia, 10 por estudios y 5 puntos por publicaciones.

Prueba de conocimientos: A la prueba de conocimientos serán convocados los aspirantes de conformidad con el reglamento que expida el Consejo.

La prueba se celebrará en un mismo día y la presentarán en forma simultánea los aspirantes convocados en la capital del departamento en donde esté situado el círculo notarial al cual aspiran. Tendrá un valor de 40 puntos, de los 100 del concurso. Su realización será contratada por el Consejo Superior de la Carrera Notarial con una entidad del Estado de reconocida experiencia en realización de pruebas de aptitudes y conocimientos. El cuestionario tendrá carácter secreto y reservado y contendrá hasta el 15 por ciento de las preguntas contenidas en un banco de 3.500 preguntas.

Entrevista: Accederán a la entrevista los aspirantes que obtengan un mínimo de 30 puntos en la calificación de experiencia y 35 en la prueba de conocimientos. Esta será conducida por jurados integrados y designados por el Consejo Superior quiénes votarán por separado.

Conformación y publicación de los elegibles: El puntaje final de los aspirantes será el que resulte de la suma de las calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso. Por tanto, la lista de elegibles, una por cada círculo notarial, estará integrada por quienes hayan obtenido más de 75 puntos en el proceso.

Imprimir

Linea de Quejas y Reclamos 01800-913666

© 2003 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA