Entre enero y septiembre de este año
EXENCIÓN TRIBUTARIA IMPULSÓ INVERSIONES EN HOTELES
POR $42.447 MILLONES
Bogotá, 23 oct. (SNE).- La exención tributaria
para la construcción o remodelación de habitaciones
hoteleras impulsó inversiones en este sector por un monto
de 42.447 millones de pesos, entre enero y septiembre del año
en curso.
De acuerdo con el Viceministerio de Turismo, las inversiones
han sido destinadas a la construcción o remodelación
de 2.684 habitaciones en establecimientos hoteleros de distintas
regiones del país.
Del total, 16.155 millones fueron utilizados para la construcción
de 1.008 habitaciones nuevas; y 26.292 millones para la remodelación
de 1.676.
Este año han sido ejecutadas inversiones en proyectos
ubicados en Antioquia, Atlántico, Bogotá, Boyacá,
los departamentos del Eje Cafetero, los Santanderes, el Meta,
San Andrés y Amazonas, entre otros.
Desde 2003 hasta septiembre de este año las inversiones
jalonadas por el beneficio tributario ascienden a 132.716 millones
de pesos, de los cuales 60.019 millones han sido para instalaciones
nuevas y 72.697 millones para remodeladas.
En 2003 se invirtieron 1.500 millones de pesos, en el año
2004 el monto llegó a 10.255 millones, en 2005 a 78.514
millones, y en lo que va de 2006 a 42.447 millones de pesos.
Desde que entró en vigencia la medida, se han adelantado
inversiones en 6.009 habitaciones: 2.060 nuevas y 3.949 remodeladas,
según el reporte del Viceministerio.
BENEFICIO TRIBUTARIO
El Estatuto Tributario contempla un alivio en el pago del impuesto
de renta, para incentivar las inversiones en varios sectores
de la economía nacional, entre ellos el hotelero.
Según el Decreto 2755 de 2003 –por medio del cual
se reglamentaron dichas exenciones- las rentas provenientes de
servicios prestados en hoteles nuevos construidos a partir del
primero de enero de 2003, están exentas del impuesto sobre
la renta por un término de 30 años, contados a
partir del año gravable 2003.
Igual beneficio aplica para los servicios de alojamiento prestados
por hoteles remodelados o ampliados, dentro de los 15 años
siguientes contados a partir del primero de enero de 2003.
Entre los requisitos exigidos por la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales (DIAN) para otorgar la exención se
encuentran la inscripción en el Registro Nacional de Turismo;
y la certificación expedida por el Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo sobre la prestación de servicios en
el establecimiento que hace la solicitud para beneficiarse con
el alivio.