Bogotá, 21 oct (SNE). La ministra de Comunicaciones,
María del Rosario Guerra, radicó en el Congreso
de la República el proyecto de Ley para implementar un
nuevo modelo de vigilancia, financiamiento y control del servicio
de televisión en Colombia.
El proyecto de Ley, al que se le asignó el número
148, consta de 21 artículos y tiene tres aspectos fundamentales:
la redefinición del servicio de televisión en el
país, los cambios en el esquema de financiamiento de la
televisión pública nacional y regional y la reforma
a la Comisión Nacional de Televisión, CNTV.
En la primera parte del proyecto se hace la diferenciación
técnica entre los servicios de televisión y de
valor agregado. En este sentido, la televisión abierta,
(pública y privada que utiliza espectro electromagnético)
se considerará como tal un servicio de televisión.
Por su parte, la televisión cerrada y cableada, que en
su objetivo principal, no hace uso del espectro electromagnético,
se contemplará como un servicio de valor agregado.
El artículo sexto de este proyecto propone suprimir el
Fondo para el Desarrollo de la Televisión, cuyas fuentes
de recursos pasaran a ser administradas por el Fondo de Comunicaciones,
a través de una cuenta especial denominada ‘servicio
de televisión’.
Por su parte, el artículo séptimo autoriza al
canal educativo y cultural del Estado a comercializar, hasta
en un 30 por ciento su parrilla de programación, respetando
los fines del canal.
Por último, el Fondo de Comunicaciones podrá financiar
planes y programas de inversión del operador público
nacional y de los canales regionales.
En cuanto a las funciones principales de la Comisión
Nacional de Televisión el proyecto contempla:
La gestión, administración, control y vigilancia
del espectro atribuido para la prestación del servicio
de televisión, así como la regulación de
los contenidos del servicio de televisión.
En cuanto a la organización y estructura de esta Comisión
el proyecto de ley propone que este ente esté conformado
por una Junta Directiva, un Director General y una estructura
interna administrativa que depende del Director, quien será de
libre nombramiento y remoción y será diferente
a los miembros de la Junta Directiva quien será designado
por ésta.
Para ser director o miembro de la Comisión, los candidatos
deberán demostrar experiencia en el sector y deberán
reunir ciertos aspectos generales, fijados en el proyecto.
Lea aquí el texto
del proyecto