El
acuerdo comercial sería firmado el próximo mes
FINALIZÓ NEGOCIACIÓN DEL TLC ENTRE COLOMBIA Y CHILE
Barranquilla, 27 oct. (SNE).- Colombia y Chile finalizaron las
negociaciones para suscribir un Tratado de Libre Comercio (TLC),
anunció este viernes el Ministerio de Comercio, Industria
y Turismo.
El viceministro de Comercio Exterior, Eduardo Muñoz Gómez,
quien fue el encargado de liderar la negociación por Colombia,
dijo que el proceso culminó de forma satisfactoria con
el cierre de las 12 mesas establecidas para discutir el acuerdo
comercial.
Al terminar la segunda y última ronda de discusiones en
la ciudad de Barranquilla, Muñoz Gómez y el jefe
negociador de Chile, Carlos Furche, hicieron un balance de las
mesas y reafirmaron el espíritu de cooperación
y dinamismo con el que se adelantó el proceso.
Según el Ministerio de Comercio, una vez concluida esta
etapa y con el trabajo de algunos detalles, se espera la firma
del Tratado de Libre Comercio con Chile, durante la visita del
Presidente Álvaro Uribe a ese país, prevista para
finales de noviembre.
La entidad entregó un informe sobre los resultados en
cada uno de los temas que fueron objeto de negociación.
ASUNTOS LABORALES
La negociación incluyó objetivos de los dos países
en el sentido de preservar y mantener la protección a
los derechos laborales, y asegurar que el comercio y la inversión
que se van a producir dentro del Tratado, no se harán
a expensas de erosionar la protección de los derechos
laborales.
Se destacó la experiencia en protección de los
derechos laborales, la larga historia en esa materia, los regímenes
que dan garantías a esos derechos y lo que se quiere es
compartir experiencias y poder aportar mutuamente en el recorrido
que se ha hecho en esa materia.
Igualmente, se establece que si se presenta alguna duda, inquietud
o queja relacionada con este capitulo, las partes podrán
establecer consultas buscando de una manera constructiva y
cooperativa resolver los problemas que se presenten en el cumplimiento
del tratado.
CONTRATACIÓN PÚBLICA
Esta mesa le permite a los micro, pequeños, medianos y
grandes empresarios colombianos y chilenos acceder a las adquisiciones
o compras públicas de los dos países en entidades
del nivel central, departamental y municipal, lo que implica
una cobertura mayor de la acordada en otros tratados.
Dentro del acuerdo se establece que tanto los empresarios colombianos
como chilenos podrán acceder a las contrataciones que
realicen las entidades públicas por valores superiores
a 73.500 dólares para la adquisición de bienes
y servicios, y de 7 millones 350 mil dólares para los
servicios de construcción y obras públicas.
También consagra trato nacional para dichas adquisiciones,
lo que significa que un proveedor colombiano de bienes y servicios
recibirá el mismo trato que un nacional chileno y lo mismo
aplica en Colombia para los empresarios chilenos.
DEFENSA COMERCIAL
Las delegaciones revisaron el texto del capítulo en lo
relacionado con medidas de salvaguardia y antidumping y derechos
compensatorios.
En esta mesa se acordó que el texto del capítulo
de Defensa Comercial, en la sección de salvaguardias,
incluirá la regla de exclusión por mínimis
(mínimo de alguna materia prima o producto que debe tener
determinado bien) de importaciones de los países en desarrollo,
cerrando de esta manera el texto y las negociaciones sobre la
materia.
MEDIDAS FITO Y SANITARIAS
La negociación en esta materia permitirá facilitar
el comercio entre estos dos países, y fortalecer su capacidad
institucional para la implementación del Acuerdo sobre
la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de
la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Además, los dos países acordaron iniciar los trabajos
de procedimientos para desarrollar los principios de equivalencia
y regionalización, así como procedimientos de control,
inspección, aprobación y certificación en
un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigencia
del Tratado.
De igual manera fueron establecidas las funciones que regirán
el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, que
será creado en el marco de este Capítulo.
De acuerdo con el Ministerio de Comercio, los logros alcanzados
en esta mesa permiten al país tener de una parte certeza
sobre los procesos que adelante para acceder al mercado chileno
y le brindan instrumentos de transparencia y confianza mutua
a los sectores productivos de los dos países.
REGLAS DE ORIGEN
Las negociaciones condujeron a una modernización del Régimen
de Origen y de los procedimientos de verificación de origen
de las mercancías.
En cuanto a los procedimientos se pactó mantener la certificación
bajo responsabilidad de entidades certificadoras públicas
o privadas, y se incorporó un nuevo formato de certificado
de origen.
Además, se acordó un mecanismo de verificación
y control detallado que fija procedimientos y plazos para establecer
el origen de las mercancías.
MEDIO AMBIENTE
La negociación en esta mesa incluyó objetivos de
los dos países en el sentido de preservar y mantener la
protección al medio ambiente, y de asegurar que el comercio
y la inversión que se van a producir dentro del Tratado
no lo van a erosionar:
Se precisó que ambos países tienen experiencia
importante en materia de protección al medio ambiente,
con unos regimenes ambientales estrictos y lo que se quiere entonces
es compartir experiencias y podernos aportar mutuamente en el
recorrido que hemos hecho en esa materia.
Igualmente, se establece que las partes podrán establecer
consultas buscando de manera constructiva y cooperativa resolver
los problemas que se presenten en el cumplimiento del tratado.
ASUNTOS INSTITUCIONALES Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Se acordó la estructura del Acuerdo que contendrá capítulos
de definiciones, disposiciones generales, transparencia y excepciones
y la manera como se hará el ensamble legal con el Acuerdo
de Cooperación Económica actualmente existente.
Se negoció un mecanismo de solución de controversias ágil,
expedito y de carácter vinculante, que recoge los avances
internacionales en la materia, modernizando el mecanismo actual.
El mecanismo consta de tres etapas: consultas, intervención
de la comisión y tribunal arbitral, cuyos procedimiento
y términos brindan un marco de seguridad jurídica
y eficacia para resolver las diferencias que puedan surgir entre
las dos partes en la ejecución del Acuerdo.
COOPERACIÓN
Se acordó consolidar y profundizar el Convenio Básico
de Cooperación Técnica y Científica suscrito
entre los dos países con el fin de adecuar el marco para
la cooperación como un instrumento para expandir y mejorar
los beneficios de este Tratado.
Los países decidieron utilizar sus mecanismos de cooperación
oficial, incorporando dentro del equipo de trabajo de las Comisiones
Mixtas para este tema específico, la participación
de los técnicos del Ministerio de Comercio, Industria
y Turismo de Colombia y la Dirección General de Relaciones
Económicas Internacionales de Chile.
Así mismo, Colombia se comprometió a diseñar
un documento base de demanda de cooperación para establecer
el plan de trabajo del año 2007. También se acordó terminar
el año con la ejecución de un primer proyecto de
cooperación.
FACILITACIÓN DEL COMERCIO
Se acordó la adopción de mecanismos que permitan
la importación de mercancías de manera ágil
y eficiente. Se permitirá que las mismas sean despachadas
en el lugar de arribo, sin el traslado a los lugares de almacenamiento
y sin el pago de los tributos aduaneros, previa constitución
de una garantía.
Los países acordaron adoptar sistemas de administración
de riesgos que permitan realizar las actividades de seguimiento
y control aduanero a las mercancías identificadas como
de alto perfil de riesgo y permitir el libre flujo de las de
bajo perfil de riesgo.
Así mismo se concertó suscribir un Acuerdo de Asistencia
Mutua y Cooperación Aduanera que permita fortalecer la
capacidad técnica aduanera de los países para prevenir
y combatir las actividades ilícitas, como el contrabando.
SERVICIOS
Esta mesa comprende tres capítulos esenciales: comercio
transfronterizo de servicios, comercio electrónico y entrada
temporal de personas de negocios.
En materia de comercio transfronterizo de servicios, se acordaron
las disciplinas reflejando los principales intereses de ambas
partes en la mesa. Entre los principales logros se destaca
el tema de la reserva cultural que consolida la posición
nacional respectiva.
Con respecto al tema de entrada temporal de personas de negocios,
las partes establecieron las categorías de interés
a ser incluidas dentro del alcance del capítulo (visitante
de negocios, comerciantes e inversionistas, transferencias
intracorporativas y profesionales y técnicos).
Se homogenizó a un año el tiempo de vigencia de
la visa que autoriza la entrada temporal de personas de negocios.
En comercio electrónico se asumieron compromisos de no
discriminación entre productos digitales similares que
sean creados, producidos, publicados, almacenados o transmitidos
por primera vez en condiciones comerciales dentro del territorio
de alguna de las partes.
Adicional a esto, fueron incluidas cláusulas evolutivas
dentro del acuerdo que permitirán en un futuro muy cercano
iniciar las negociaciones para los capítulos de servicios
financieros y de telecomunicaciones. En materia de turismo, las
partes se comprometen a trabajar en acuerdos de cooperación
para la promoción conjunta de circuitos turísticos.
INVERSIÓN
El capítulo de inversión quedó compuesto
por tres secciones: Disciplinas de inversión; Solución
de controversias inversionista – Estado; y Definiciones.
Con relación al primer punto se acordaron las disciplinas
básicas incluidas aquellas de trato nacional, trato de
nación más favorecida, expropiación, tratamiento
en caso de contienda, ámbito de aplicación, nivel
mínimo de trato, requisitos de desempeño y transferencias,
entre otros.
En Solución de Controversias se acordaron los procedimientos
para que un inversionista de una parte lleve una controversia
por la violación de las disciplinas anteriormente descritas,
al arbitraje internacional o ante la jurisdicción nacional
de la parte receptora de la inversión.
Igualmente, se acordaron procedimientos que le permiten al Estado
conocer con antelación suficiente, la intención
de demandar de un inversionista, para así intensificar
los esfuerzos hacia una solución amigable o preparar
su defensa a nivel arbitral
OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO
Se definió que los empresarios de ambos países
podrán solicitar la armonización o equivalencia
de los reglamentos técnicos o de los procedimientos de
evaluación de la conformidad o de sus resultados, según
sea el caso, para acceder de forma efectiva al mercado, sin reducir
el nivel de seguridad o de protección a la vida, a la
salud humana, animal o vegetal, al medio ambiente y a los consumidores.
Mediante estos procesos de reconocimiento, se consigue facilitar
las labores de los empresarios, por cuanto les evita la duplicación
de trámites relacionados con la comprobación
de las características de seguridad y calidad que tienen
sus productos.
Este capítulo también contiene disposiciones que
garantizan la ejecución de procedimientos administrativos
transparentes y equitativos, en las cuales los empresarios de
Chile y Colombia tendrán los mismos derechos y deberes
que, en reglamentaciones y procedimientos de evaluación
de la conformidad, se exigen y confieren por las autoridades
relacionadas con la materia.