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27 de Octubre
El acuerdo comercial sería firmado el próximo mes

FINALIZÓ NEGOCIACIÓN DEL TLC ENTRE COLOMBIA Y CHILE

Barranquilla, 27 oct. (SNE).- Colombia y Chile finalizaron las negociaciones para suscribir un Tratado de Libre Comercio (TLC), anunció este viernes el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

El viceministro de Comercio Exterior, Eduardo Muñoz Gómez, quien fue el encargado de liderar la negociación por Colombia, dijo que el proceso culminó de forma satisfactoria con el cierre de las 12 mesas establecidas para discutir el acuerdo comercial.

Al terminar la segunda y última ronda de discusiones en la ciudad de Barranquilla, Muñoz Gómez y el jefe negociador de Chile, Carlos Furche, hicieron un balance de las mesas y reafirmaron el espíritu de cooperación y dinamismo con el que se adelantó el proceso.

Según el Ministerio de Comercio, una vez concluida esta etapa y con el trabajo de algunos detalles, se espera la firma del Tratado de Libre Comercio con Chile, durante la visita del Presidente Álvaro Uribe a ese país, prevista para finales de noviembre.

La entidad entregó un informe sobre los resultados en cada uno de los temas que fueron objeto de negociación.

ASUNTOS LABORALES

La negociación incluyó objetivos de los dos países en el sentido de preservar y mantener la protección a los derechos laborales, y asegurar que el comercio y la inversión que se van a producir dentro del Tratado, no se harán a expensas de erosionar la protección de los derechos laborales.

Se destacó la experiencia en protección de los derechos laborales, la larga historia en esa materia, los regímenes que dan garantías a esos derechos y lo que se quiere es compartir experiencias y poder aportar mutuamente en el recorrido que se ha hecho en esa materia.

Igualmente, se establece que si se presenta alguna duda, inquietud o queja relacionada con este capitulo, las partes podrán establecer consultas buscando de una manera constructiva y cooperativa resolver los problemas que se presenten en el cumplimiento del tratado.

CONTRATACIÓN PÚBLICA

Esta mesa le permite a los micro, pequeños, medianos y grandes empresarios colombianos y chilenos acceder a las adquisiciones o compras públicas de los dos países en entidades del nivel central, departamental y municipal, lo que implica una cobertura mayor de la acordada en otros tratados.

Dentro del acuerdo se establece que tanto los empresarios colombianos como chilenos podrán acceder a las contrataciones que realicen las entidades públicas por valores superiores a 73.500 dólares para la adquisición de bienes y servicios, y de 7 millones 350 mil dólares para los servicios de construcción y obras públicas.

También consagra trato nacional para dichas adquisiciones, lo que significa que un proveedor colombiano de bienes y servicios recibirá el mismo trato que un nacional chileno y lo mismo aplica en Colombia para los empresarios chilenos.

DEFENSA COMERCIAL

Las delegaciones revisaron el texto del capítulo en lo relacionado con medidas de salvaguardia y antidumping y derechos compensatorios.

En esta mesa se acordó que el texto del capítulo de Defensa Comercial, en la sección de salvaguardias, incluirá la regla de exclusión por mínimis (mínimo de alguna materia prima o producto que debe tener determinado bien) de importaciones de los países en desarrollo, cerrando de esta manera el texto y las negociaciones sobre la materia.

MEDIDAS FITO Y SANITARIAS

La negociación en esta materia permitirá facilitar el comercio entre estos dos países, y fortalecer su capacidad institucional para la implementación del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Además, los dos países acordaron iniciar los trabajos de procedimientos para desarrollar los principios de equivalencia y regionalización, así como procedimientos de control, inspección, aprobación y certificación en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigencia del Tratado.

De igual manera fueron establecidas las funciones que regirán el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, que será creado en el marco de este Capítulo.

De acuerdo con el Ministerio de Comercio, los logros alcanzados en esta mesa permiten al país tener de una parte certeza sobre los procesos que adelante para acceder al mercado chileno y le brindan instrumentos de transparencia y confianza mutua a los sectores productivos de los dos países.

REGLAS DE ORIGEN

Las negociaciones condujeron a una modernización del Régimen de Origen y de los procedimientos de verificación de origen de las mercancías.

En cuanto a los procedimientos se pactó mantener la certificación bajo responsabilidad de entidades certificadoras públicas o privadas, y se incorporó un nuevo formato de certificado de origen.

Además, se acordó un mecanismo de verificación y control detallado que fija procedimientos y plazos para establecer el origen de las mercancías.

MEDIO AMBIENTE

La negociación en esta mesa incluyó objetivos de los dos países en el sentido de preservar y mantener la protección al medio ambiente, y de asegurar que el comercio y la inversión que se van a producir dentro del Tratado no lo van a erosionar:

Se precisó que ambos países tienen experiencia importante en materia de protección al medio ambiente, con unos regimenes ambientales estrictos y lo que se quiere entonces es compartir experiencias y podernos aportar mutuamente en el recorrido que hemos hecho en esa materia.

Igualmente, se establece que las partes podrán establecer consultas buscando de manera constructiva y cooperativa resolver los problemas que se presenten en el cumplimiento del tratado.

ASUNTOS INSTITUCIONALES Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Se acordó la estructura del Acuerdo que contendrá capítulos de definiciones, disposiciones generales, transparencia y excepciones y la manera como se hará el ensamble legal con el Acuerdo de Cooperación Económica actualmente existente.

Se negoció un mecanismo de solución de controversias ágil, expedito y de carácter vinculante, que recoge los avances internacionales en la materia, modernizando el mecanismo actual.

El mecanismo consta de tres etapas: consultas, intervención de la comisión y tribunal arbitral, cuyos procedimiento y términos brindan un marco de seguridad jurídica y eficacia para resolver las diferencias que puedan surgir entre las dos partes en la ejecución del Acuerdo.

COOPERACIÓN

Se acordó consolidar y profundizar el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica suscrito entre los dos países con el fin de adecuar el marco para la cooperación como un instrumento para expandir y mejorar los beneficios de este Tratado.

Los países decidieron utilizar sus mecanismos de cooperación oficial, incorporando dentro del equipo de trabajo de las Comisiones Mixtas para este tema específico, la participación de los técnicos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia y la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales de Chile.

Así mismo, Colombia se comprometió a diseñar un documento base de demanda de cooperación para establecer el plan de trabajo del año 2007. También se acordó terminar el año con la ejecución de un primer proyecto de cooperación.

FACILITACIÓN DEL COMERCIO

Se acordó la adopción de mecanismos que permitan la importación de mercancías de manera ágil y eficiente. Se permitirá que las mismas sean despachadas en el lugar de arribo, sin el traslado a los lugares de almacenamiento y sin el pago de los tributos aduaneros, previa constitución de una garantía.

Los países acordaron adoptar sistemas de administración de riesgos que permitan realizar las actividades de seguimiento y control aduanero a las mercancías identificadas como de alto perfil de riesgo y permitir el libre flujo de las de bajo perfil de riesgo.

Así mismo se concertó suscribir un Acuerdo de Asistencia Mutua y Cooperación Aduanera que permita fortalecer la capacidad técnica aduanera de los países para prevenir y combatir las actividades ilícitas, como el contrabando.

SERVICIOS

Esta mesa comprende tres capítulos esenciales: comercio transfronterizo de servicios, comercio electrónico y entrada temporal de personas de negocios.

En materia de comercio transfronterizo de servicios, se acordaron las disciplinas reflejando los principales intereses de ambas partes en la mesa. Entre los principales logros se destaca el tema de la reserva cultural que consolida la posición nacional respectiva.

Con respecto al tema de entrada temporal de personas de negocios, las partes establecieron las categorías de interés a ser incluidas dentro del alcance del capítulo (visitante de negocios, comerciantes e inversionistas, transferencias intracorporativas y profesionales y técnicos).

Se homogenizó a un año el tiempo de vigencia de la visa que autoriza la entrada temporal de personas de negocios.

En comercio electrónico se asumieron compromisos de no discriminación entre productos digitales similares que sean creados, producidos, publicados, almacenados o transmitidos por primera vez en condiciones comerciales dentro del territorio de alguna de las partes.

Adicional a esto, fueron incluidas cláusulas evolutivas dentro del acuerdo que permitirán en un futuro muy cercano iniciar las negociaciones para los capítulos de servicios financieros y de telecomunicaciones. En materia de turismo, las partes se comprometen a trabajar en acuerdos de cooperación para la promoción conjunta de circuitos turísticos.

INVERSIÓN

El capítulo de inversión quedó compuesto por tres secciones: Disciplinas de inversión; Solución de controversias inversionista – Estado; y Definiciones.

Con relación al primer punto se acordaron las disciplinas básicas incluidas aquellas de trato nacional, trato de nación más favorecida, expropiación, tratamiento en caso de contienda, ámbito de aplicación, nivel mínimo de trato, requisitos de desempeño y transferencias, entre otros.

En Solución de Controversias se acordaron los procedimientos para que un inversionista de una parte lleve una controversia por la violación de las disciplinas anteriormente descritas, al arbitraje internacional o ante la jurisdicción nacional de la parte receptora de la inversión.

Igualmente, se acordaron procedimientos que le permiten al Estado conocer con antelación suficiente, la intención de demandar de un inversionista, para así intensificar los esfuerzos hacia una solución amigable o preparar su defensa a nivel arbitral

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

Se definió que los empresarios de ambos países podrán solicitar la armonización o equivalencia de los reglamentos técnicos o de los procedimientos de evaluación de la conformidad o de sus resultados, según sea el caso, para acceder de forma efectiva al mercado, sin reducir el nivel de seguridad o de protección a la vida, a la salud humana, animal o vegetal, al medio ambiente y a los consumidores.

Mediante estos procesos de reconocimiento, se consigue facilitar las labores de los empresarios, por cuanto les evita la duplicación de trámites relacionados con la comprobación de las características de seguridad y calidad que tienen sus productos.

Este capítulo también contiene disposiciones que garantizan la ejecución de procedimientos administrativos transparentes y equitativos, en las cuales los empresarios de Chile y Colombia tendrán los mismos derechos y deberes que, en reglamentaciones y procedimientos de evaluación de la conformidad, se exigen y confieren por las autoridades relacionadas con la materia.

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