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30 de Octubre

A través del Decreto 3755 del Ministerio de la Protección Social

GOBIERNO DEFINE REQUISITOS PARA IMPORTAR CARNE DESDE LOS ESTADOS UNIDOS

Bogotá, 30 oct. (SNE).- Con el fin de garantizar la salud de los consumidores y de proteger la calidad de la producción ganadera nacional, el Gobierno Nacional definió los requisitos que deben cumplir las importaciones de carne de origen bovino y sus productos, procedentes de los Estados Unidos.

Dichas condiciones quedaron contempladas en el Decreto 3755 del Ministerio de la Protección Social, expedido el 27 de octubre de 2006.

Según el decreto, la importación de estos productos será permitida cuando estén acompañados por un certificado de inocuidad emitido por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, y el cual satisface los requerimientos sanitarios y de salud exigidos por el Gobierno de Colombia.

Hay que destacar que los Estados Unidos cuenta con un programa de vigilancia de estos productos que cumple con lo exigido por la Organización Mundial de Sanidad Animal.

Adicional a este certificado, el Gobierno Nacional exige que los productos hayan sido derivados de animales inspeccionados antes y después del sacrificio por representantes de la entidad de Inspección de Alimentos de los Estados Unidos.

Mediante la certificación y la inspección se puede garantizar que la manipulación de los productos en el tiempo indicado ha evitado que se contamine.

Además permite determinar que los productos cárnicos que se importen, provienen de plantas de sacrificio o procesamiento certificadas por las autoridades federales.

Los productos importados deben ser empacados en contenedores autorizados, con el sello de inspección, el número de la planta de donde proviene y una etiqueta que incluya el nombre del producto, el número de lote, el peso neto y la fecha de empaque.

Los contenedores y camiones para el almacenamiento y transporte de estos productos importados, deben ser previamente lavados y desinfectados para evitar contaminaciones.

Los importadores de estos productos, deben garantizar que la carne no sea derivada de animales importados de Canadá a los Estados Unidos, para posteriormente ser sacrificados y exportados a Colombia.

Los ministerios de Agricultura, de la Protección Social y de Comercio, Industria y Turismo, serán las carteras encargadas de realizar el seguimiento para el cumplimiento de este Decreto.

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