Aumentó de 5
a 10 días el plazo para hacer tránsito aduanero
GOBIERNO DISPUSO MEDIDAS DE EMERGENCIA PARA BUENAVENTURA
Bogotá, 1 sep. (SNE).- Medidas transitorias y de emergencia
con el fin de enfrentar las dificultades que soporta el puerto
de Buenaventura por la avalancha de tierra que impidió por
unos días el transito hacia el puerto y por la incapacidad
para desembarcar buques, dispuso el Gobierno Nacional.
A través del decreto 2945 expedido por el Ministerio de
Hacienda y fechado este viernes, se dispuso ampliar de 5 a 10 días
el plazo para efectuar los tránsitos aduaneros a las mercancías
que arriben al país por la Administración Especial
de Aduanas de Buenaventura.
Estos 10 días hábiles para realizar el tránsito
aduanero comienzan a correr después del descargue de las
mercancías en el puerto.
El decreto señala que este nuevo término de 10 días
también se aplicará para el traslado de mercancías
consignadas o endosadas a favor de un usuario de las zonas francas
del Pacífico o de Palmaseca, en el Valle del Cauca.
En su Artículo 2° se prevé la posibilidad de
que aquellas mercancías que arribaron al país antes
de la expedición de este decreto, y se encuentran en almacenamiento,
pueden ser trasladadas o sometidas al régimen de tránsito,
con el fin de descongestionar y viabilizar la operación
aduanera para las mismas, en un plazo máximo de 15 días.
Si vencidos estos 15 días no se ha hecho el levante de
la mercancía o no se ha reembarcado, se declarará el
abandono legal.
En los considerandos el decreto 2945 advierte
dos cosas: primero, que las medidas de emergencia fueron aconsejadas
por el Comité de
Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, reunido
el pasado 22 de agosto.
Y segundo, que “la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura
debe establecer planes de inversión para mejorar la infraestructura
y el equipo con que cuenta el terminal marítimo actualmente”. |