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1 de septiembre

Aumentó de 5 a 10 días el plazo para hacer tránsito aduanero

GOBIERNO DISPUSO MEDIDAS DE EMERGENCIA PARA BUENAVENTURA

Bogotá, 1 sep. (SNE).- Medidas transitorias y de emergencia con el fin de enfrentar las dificultades que soporta el puerto de Buenaventura por la avalancha de tierra que impidió por unos días el transito hacia el puerto y por la incapacidad para desembarcar buques, dispuso el Gobierno Nacional.

A través del decreto 2945 expedido por el Ministerio de Hacienda y fechado este viernes, se dispuso ampliar de 5 a 10 días el plazo para efectuar los tránsitos aduaneros a las mercancías que arriben al país por la Administración Especial de Aduanas de Buenaventura.

Estos 10 días hábiles para realizar el tránsito aduanero comienzan a correr después del descargue de las mercancías en el puerto.

El decreto señala que este nuevo término de 10 días también se aplicará para el traslado de mercancías consignadas o endosadas a favor de un usuario de las zonas francas del Pacífico o de Palmaseca, en el Valle del Cauca.

En su Artículo 2° se prevé la posibilidad de que aquellas mercancías que arribaron al país antes de la expedición de este decreto, y se encuentran en almacenamiento, pueden ser trasladadas o sometidas al régimen de tránsito, con el fin de descongestionar y viabilizar la operación aduanera para las mismas, en un plazo máximo de 15 días.

Si vencidos estos 15 días no se ha hecho el levante de la mercancía o no se ha reembarcado, se declarará el abandono legal.

En los considerandos el decreto 2945 advierte dos cosas: primero, que las medidas de emergencia fueron aconsejadas por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, reunido el pasado 22 de agosto.

Y segundo, que “la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura debe establecer planes de inversión para mejorar la infraestructura y el equipo con que cuenta el terminal marítimo actualmente”.

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