Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 
 
 
Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
3
17
31
15 de septiembre

Fue creado por la Ley del Mercado de Valores

REGLAMENTADO SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL MERCADO DE VALORES

Bogotá, 15. sep. (SNE).- El Gobierno Nacional reglamentó –por medio del decreto 3139 del Ministerio de Hacienda- el Sistema de Información del Mercado de Valores (SIMEV) creado en la Ley del Mercado de Valores o Ley 964 de 2005.

El SIMEV es el conjunto de recursos humanos, técnicos y de gestión que utilizará la Superintendencia Financiera para permitir y facilitar el suministro de información al mercado.

Este Sistema tiene tres componentes: el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE); el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores (RNAMV); y el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores (RNPMV).

En el primero –es decir el Registro Nacional de Valores y Emisores- se inscribirán las clases y tipos de valores, así como los emisores de los mismos y las emisiones que estos efectúen. Este Registro mejora de manera significativa la regulación anterior.

En el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores se recogen las normas sobre requisitos de inscripción de los diferentes agentes del mercado, entre ellos las bolsas de valores, las bolsas de bienes y productos agropecuarios y agroindustriales, intermediarios de valores, sociedades administradoras de fondos de inversión, depósitos centralizados de valores, sociedades calificadoras, organismos de autorregulación, sistemas de registro de valores, sistemas de compensación y liquidación de valores, proveedores de información, entre otros.

En el caso del Registro de los Profesionales que participan en el Mercado de Valores, el objetivo es elevar y controlar los estándares de los profesionales que intervienen en el mercado.

Tienen que inscribirse las personas naturales que estructuren operaciones de intermediación; las que dirijan o ejecuten directamente operaciones de intermediación; las que administren o gestionen fondos de valores, fondos de inversión; fondos comunes ordinarios y fondos comunes especiales; las que administren fondos mutuos de inversión; las que promuevan o promocionen operaciones de intermediación.

Esas personas tienen que estar certificadas como condición previa para actuar en el mercado de valores.

Estos profesionales tienen que presentar cada dos años un examen de idoneidad profesional para verificar el grado de desarrollo de competencias y habilidades. El examinado debe aprobar con el 70 por ciento de cada una de las áreas temáticas del examen.

Imprimir

Linea de Quejas y Reclamos 01800-913666

© 2003 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA