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27 de septiembre

El proyecto busca normalizar el tema de la revisión de sentencias de tutela y de tutelas sobre sentencias

GOBIERNO RADICÓ PROYECTO DE REFORMA A LA JUSTICIA

Bogotá, 27 sep. (SNE).- El Gobierno Nacional radicó este miércoles, en la Secretaría General de la Cámara de Representantes, el Proyecto de Acto Legislativo por el cual se hacen algunas reformas a la Constitución en lo referente a temas de justicia.

El proyecto contenido en seis artículos, fue radicado por el ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi, quien dijo que “de ser aprobado este proyecto por el Congreso va a haber una normalización del tema de la revisión de sentencias de tutela y de tutelas sobre sentencias, que le va a dar una gran estabilidad al país, le va a dar estabilidad jurídica y le va a dar unas relaciones mucho más institucionales y serias a las Cortes”.

ARTÍCULOS

El Ministro explicó los alcances del proyecto:

El primer artículo hace referencia a la dosis personal. “La propuesta es que se pueda sancionar con penas no privativas de la libertad a quien consuma o porte drogas”. Pueden ser sanciones de rehabilitación o servicio social, según lo determine la ley posteriormente.

El segundo artículo. “Es el tema de la regulación de las tutelas sobre sentencias. Se define allí de acuerdo con lo que han sostenido la Corte Suprema y el Consejo de Estado que la tutela debe interponerse frente a la misma jurisdicción, en la jurisdicción donde nace el problema. Y que la revisión por la Corte Constitucional, que como la Corte Constitucional dice: es la máxima instancia en lo constitucional, se haga siempre y cuando se reúnan unos requisitos y no haya caducado la acción”. La acción caducaría en un mes.

Artículo tercero. “Se define también el poder del Congreso como constituyente, para reformar la Constitución en cualquier tema y se afirma que la Corte Constitucional solamente puede revisar los actos legislativos por vicios de forma y en ningún caso por vicios de fondo o por el contenido material de los mismos”.

Artículo cuarto. Sobre las atribuciones del Consejo Superior de la Judicatura. “El proyecto también limita que la Sala Jurisdiccional solo es competente para resolver de tutelas sobre lo propio de su jurisdicción, que es el disciplinario sobre jueces y sobre abogados”.

El Artículo quinto reafirma que la Carta Magna podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante referendo, y agrega que “no habrá límite material al poder de reforma de la Constitución distinto al que señalaré, expresamente, la norma constitucional”.

El sexto artículo es la vigencia.

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