El proyecto
busca normalizar el tema de la revisión de sentencias de
tutela y de tutelas sobre sentencias
GOBIERNO RADICÓ PROYECTO DE REFORMA A LA JUSTICIA
Bogotá, 27 sep. (SNE).- El Gobierno Nacional radicó este
miércoles, en la Secretaría General de la Cámara
de Representantes, el Proyecto de Acto Legislativo por el cual
se hacen algunas reformas a la Constitución en lo referente
a temas de justicia.
El proyecto contenido en seis artículos, fue radicado por
el ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi,
quien dijo que “de ser aprobado este proyecto por el Congreso
va a haber una normalización del tema de la revisión
de sentencias de tutela y de tutelas sobre sentencias, que le va
a dar una gran estabilidad al país, le va a dar estabilidad
jurídica y le va a dar unas relaciones mucho más
institucionales y serias a las Cortes”.
ARTÍCULOS
El Ministro explicó los alcances
del proyecto:
El primer artículo hace referencia a la dosis personal. “La
propuesta es que se pueda sancionar con penas no privativas de
la libertad a quien consuma o porte drogas”. Pueden ser sanciones
de rehabilitación o servicio social, según lo determine
la ley posteriormente.
El segundo artículo. “Es el tema de la regulación
de las tutelas sobre sentencias. Se define allí de acuerdo
con lo que han sostenido la Corte Suprema y el Consejo de Estado
que la tutela debe interponerse frente a la misma jurisdicción,
en la jurisdicción donde nace el problema. Y que la revisión
por la Corte Constitucional, que como la Corte Constitucional dice:
es la máxima instancia en lo constitucional, se haga siempre
y cuando se reúnan unos requisitos y no haya caducado la
acción”. La acción caducaría en un mes.
Artículo tercero. “Se define también el poder
del Congreso como constituyente, para reformar la Constitución
en cualquier tema y se afirma que la Corte Constitucional solamente
puede revisar los actos legislativos por vicios de forma y en ningún
caso por vicios de fondo o por el contenido material de los mismos”.
Artículo cuarto. Sobre las atribuciones del Consejo Superior
de la Judicatura. “El proyecto también limita que
la Sala Jurisdiccional solo es competente para resolver de tutelas
sobre lo propio de su jurisdicción, que es el disciplinario
sobre jueces y sobre abogados”.
El Artículo quinto reafirma que la Carta Magna podrá ser
reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por
el pueblo mediante referendo, y agrega que “no habrá límite
material al poder de reforma de la Constitución distinto
al que señalaré, expresamente, la norma constitucional”.
El sexto artículo es la vigencia.
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