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29 de septiembre

Será dentro de 30 o 45 días

A SEGUNDA VUELTA VENTA DE ECOGAS

Bogotá, 29 sep. (SNE).- La venta de la Empresa Colombiana de Gas (Ecogas) irá a una segunda vuelta, según lo anunció este viernes el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla Barrera.

La decisión se tomó porque la oferta de 1 billón 968 mil millones de pesos que hicieron los fondos de pensiones y cesantías por los activos, derechos y contratos de la empresa, estuvo por debajo del precio base fijado por el Gobierno Nacional, el cual se encuentra en un sobre sellado, bajo custodia de una firma transportadora de valores.

“La manera como los oferentes de la primera vuelta han dictaminado que se debe valorar (la empresa) estaba por debajo de lo que nosotros consideramos es el precio, y por lo tanto no llegamos al balance, en esta primera vuelta, de los intereses altos de la Nación de vender los activos por lo que consideramos deben ser vendidos”, indicó Carrasquilla Barrera.

El funcionario dijo que ahora se iniciará un nuevo proceso para vender la empresa en segunda vuelta. El trámite debe surtirse en un lapso aproximado de dos meses.

“El paso a seguir es iniciar el proceso para la segunda vuelta, eso está contemplado en el reglamento. Más o menos en unos 30 a 45 días debemos tener surtida la segunda vuelta, y esperamos que sea completamente exitosa”, manifestó el jefe de la cartera de Hacienda.

Señaló que la segunda vuelta estará abierta a todo tipo de inversionistas, tanto nacionales como internacionales, según las reglas de juego del proceso, contenidas en el decreto 1404 del 5 de mayo del año 2005.

En ese sentido, la etapa inicial se desarrolló teniendo en cuenta los lineamientos de la Ley 226 de 1995, la cual establece que los primeros a quienes se les debe ofrecer las acciones en este tipo de operaciones son las entidades del sector solidario de la economía.

El decreto estableció que en caso de no lograrse concretar la venta de la empresa al sector solidario, se debería abrir una segunda oferta en la que podrán participar todos los inversionistas privados nacionales o extranjeros, naturales o jurídicos, o patrimonios autónomos, con capacidad legal y estatutaria para suscribir acciones.

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