También se beneficiarán
usuarios de Bogotá y Soacha y Barranquilla y Puerto Colombia
GARANTIZAN SUBSIDIOS A USUARIOS DE SERVICIOS
PÚBLICOS EN ÁREAS METROPOLITANAS
Bogotá, 2 ene. (SNE).- El Gobierno Nacional
garantizó la entrega de subsidios a los usuarios de acueducto,
alcantarillado y aseo, pertenecientes los estratos 1, 2 y 3 y
que residan en las áreas metropolitanas de Medellín,
Barranquilla, Bucaramanga y Cali. También se beneficiarán
los usuarios pobres de zonas donde una sola empresa preste el
servicio en varios municipios, como ocurre en Bogotá y
Soacha y Barranquilla y Puerto Colombia.
De acuerdo con lo dispuesto por el decreto
4784 de 2005, tanto las áreas metropolitanas como las
zonas donde opere un solo prestador para varios municipios, deben
definir un equilibrio entre los recursos que reciban como contribuciones
y los recursos que destinen a cubrir subsidios para los usuarios
de servicios públicos de menores ingresos.
“¿En qué beneficia esto?
En que las empresas o los prestadores van a poder contar efectivamente
con los recursos para poder prestar un servicio de calidad, aumentar
las coberturas, mejorar la continuidad, mejorar sus estándares
de eficiencia, dar subsidios y aliviar el pago de las facturas
de aquellos usuarios que son los de menores ingresos del país”,
explicó Julio César Aguilera, asesor de la Dirección
de Agua Potable, adscrita al Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial.
TOPES Y FUENTES
El funcionario recordó que, de acuerdo
con lo definido por la ley en materia de topes máximos,
los municipios pueden otorgar subsidios de servicios públicos
de acueducto, alcantarillado y aseo, hasta en un 70 por ciento
para los usuarios del estrato 1, hasta en un 40 por ciento para
los del estrato 2 y hasta un 15 por ciento para los del estrato
3.
Para financiar estos subsidios, los municipios
deben apropiar recursos de las contribuciones procedentes de
cuatro fuentes. Una fuente son los llamados aportes solidarios,
que se cobran a los usuarios de los estratos 5 y 6 y a los industriales
y comerciales. La segunda fuente de las contribuciones son los
recursos de propósito general de la Ley 715, que van destinados
al sector de agua potable. La tercera fuente son los presupuestos
de los mismos municipios. La cuarta fuente de recursos que pueden
destinarse a financiar subsidios son los correspondientes a un
porcentaje del impuesto predial que cobran las administraciones
municipales.
EQUILIBRIO
Según el decreto 1013, que el Gobierno
expidió en abril de 2005, todos estos recursos deben trasladarse
a los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos
municipales y, tras hacer las cuentas, definir qué tanto
porcentaje de subsidios pueden otorgar a los usuarios de menores
ingresos.
“Ese es el ejercicio establecido por
el decreto 1013 de 2005, que ordenaba a los municipios: hagan
sus cuentas con la colaboración de la empresa que presta
el servicio, y definan qué niveles de subsidios van a
otorgar a los usuarios de los estratos 1, 2 y 3 y cuál
es el porcentaje de aporte solidario y de las otras fuentes de
financiación que tienen para poder cubrir esos subsidios”,
indicó Julio Cesar Aguilera, asesor de la Dirección
de Agua Potable del Minambiente.
Hacia finales de 2005, sin embargo, surgió una
inquietud sobre cómo aplicar este decreto en las áreas
metropolitanas y en zonas como Bogotá y Soacha que tienen
un mismo prestador de servicios públicos (la Empresa de
Acueducto y Alcantarillado de Bogotá) y donde esa prestación
conjunta del servicio se considera un solo mercado en términos
de ley, regulatorios y económicos.
De aquí surgió la iniciativa
del Gobierno para expedir el decreto 4784 de diciembre de 2005,
el cual ordena que al interior de las áreas metropolitanas
y de las zonas de un solo mercado, se debe establecer un equilibrio
entre subsidios y contribuciones, de tal forma que se garantice
que los subsidios estén cubiertos financieramente con
recursos de las contribuciones.
Esto para que no ocurra, como en otras épocas,
que un municipio fijaba, por ejemplo, entregar un 70 por ciento
de subsidio al estrato 1, pero al final no podía cumplir
porque no disponía de recursos para ello.
“Para eso se necesita que los concejos
de los municipios que hacen parte del área metropolitana,
autoricen a la junta metropolitana para que establezca un equilibrio
de mercado en toda el área metropolitana. Con eso se puede
establecer, por ejemplo, que los aportes solidarios de un municipio
se vayan a cubrir subsidios en otros municipios”, indicó el
experto Julio César Aguilera.
Y agregó: “Frente el tema de mercados
como el de Bogotá y Soacha o como el de Barranquilla y
Puerto Colombia, donde hay un solo prestador que opera en más
de un municipio, lo que establece este decreto es: en la medida
en que exista un solo mercado, ustedes pueden establecer un equilibrio
al interior de ese mercado, lo cual implica que la Comisión
de Regulación de Agua Potable (CRA) defina el concepto
de mercado”.
Anunció que la CRA tendrá que definir el concepto de mercado
en su sesión más próxima, que se realizará este
martes a primera hora, para los municipios que tengan la connotación
de un solo mercado puedan efectuar su equilibrio entre subsidios y contribuciones.
“¿Cuál es el beneficio
de aplicar este decreto? Que vamos a tener fuentes seguras,
recursos seguros, para cubrir subsidios a los usuarios de menores
ingresos. Antes un municipio decía: otórguese
70 por ciento al estrato 1, pero nunca definía las fuentes
para poderlos cubrir. Ahora tenemos una forma pedagógica
para que realmente se apropien los recursos necesarios para
cubrir subsidios”, concluyó el funcionario.
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