AMPLIAN PLAZO PARA
TERMINAR LA LIQUIDACION DE TELECOM Y LAS TELEASOCIADAS
- Parapat se llamará el fondo fiduciario que manejará los
bienes afectos a la prestación del servicio de telecomunicaciones
de cada empresa.
Bogotá, 3 ene. (SNE).- El Gobierno Nacional decidió prorrogar
hasta el próximo 31 de enero, el proceso liquidatorio de
la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom en Liquidación
y sus Teleasociadas en Liquidación.
Mediante la expedición de 14 decretos, además
de ampliar el plazo, se modificaron algunas disposiciones relacionadas
con las funciones y obligaciones del Liquidador para cumplir con
el cierre de los procesos y terminar la existencia legal de las
empresas.
Asimismo, el decreto 4781 del 30 de diciembre
de 2005 transfiere automáticamente la propiedad de la red de difusión
y video de señales de televisión de la Empresa Nacional
de Telecomunicaciones Telecom en Liquidación a la Nación-Ministerio
de Comunicaciones por el valor registrado en los estados financieros
de la entidad en liquidación.
EL PARAPAT
Los decretos expedidos le señalan al Liquidador la obligación
de celebrar un contrato de fiducia mercantil para la administración
y enajenación de los bienes afectos a la prestación
del servicio público de telecomunicaciones, los cuales no
están comprendidos dentro de la masa de la liquidación.
Según los decretos, esos bienes se trasferirán automáticamente
al patrimonio autónomo que se constituirá con base
en una relación de ellos y tomando como referencia los valores
que reflejen los estados financieros de la liquidación.
El patrimonio autónomo, constituido tras la firma del contrato
de fiducia con los bienes afectos a la prestación del servicio,
se denominará PARAPAT y recibirá automáticamente
el pago de la contraprestación derivada del Contrato de
Explotación suscrito entre Telecom en Liquidación
y sus Teleasociadas en Liquidación con Colombia Telecomunicaciones
S.A. E.S.P.
El PARAPAT distribuirá los ingresos recibidos entre el
Patrimonio Autónomo de Pensiones, PAP y el Patrimonio Autónomo
de Remanentes, PAR y le dará prioridad al financiamiento
del pasivo pensional.
El Patritmonio Autónomo Remanente, PAR se encargará de
administrar, enajenar y sanear los activos no afectos al servicio
al igual que garantizará la administración, conservación,
custodia y transferencia de los archivos, atenderá la obligaciones
remanentes y contingentes y los procesos judiciales o reclamaciones
en curso al momento de la terminación del proceso liquidatorio.
Los Decretos 4769, 4770, 4771, 4772, 4773, 4774, 4775, 4776, 4777,
4778, 4779, 4780, 4781 y 4782 del 30 de diciembre de 2005 ampliaron
el plazo de los procesos liquidatorios de las siguientes empresas:
Telecaquetá S.A. E.S.P. en Liquidación, Telemaicao
S.A. E.S.P. en Liquidación, Telecalarcá S.A. E.S.P.
en Liquidación, Teletuluá S.A. E.S.P. en Liquidación,
Telenariño S.A. E.S.P. en Liquidación, Telesantarosa
S.A. E.S.P en Liquidación, Telecartagena S.A. E.S.P en Liquidación,
Telbuenaventura S.A. en Liquidación, Telearmenia S.A. E.S.P.
en Liquidación, Teletolima S.A. E.S.P. en Liquidación,
Teleupar S.A. E.S.P. en Liquidación, Telehuila S.A. E.S.P.
en Liquidación, Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom
en Liquidación y Telesantamarta S.A. E.S.P. en Liquidación.
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