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AMPLIAN PLAZO PARA TERMINAR LA LIQUIDACION DE TELECOM Y LAS TELEASOCIADAS

  • Parapat se llamará el fondo fiduciario que manejará los bienes afectos a la prestación del servicio de telecomunicaciones de cada empresa.

Bogotá, 3 ene. (SNE).- El Gobierno Nacional decidió prorrogar hasta el próximo 31 de enero, el proceso liquidatorio de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom en Liquidación y sus Teleasociadas en Liquidación.

Mediante la expedición de 14 decretos, además de ampliar el plazo, se modificaron algunas disposiciones relacionadas con las funciones y obligaciones del Liquidador para cumplir con el cierre de los procesos y terminar la existencia legal de las empresas.

Asimismo, el decreto 4781 del 30 de diciembre de 2005 transfiere automáticamente la propiedad de la red de difusión y video de señales de televisión de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Telecom en Liquidación a la Nación-Ministerio de Comunicaciones por el valor registrado en los estados financieros de la entidad en liquidación.

EL PARAPAT

Los decretos expedidos le señalan al Liquidador la obligación de celebrar un contrato de fiducia mercantil para la administración y enajenación de los bienes afectos a la prestación del servicio público de telecomunicaciones, los cuales no están comprendidos dentro de la masa de la liquidación.

Según los decretos, esos bienes se trasferirán automáticamente al patrimonio autónomo que se constituirá con base en una relación de ellos y tomando como referencia los valores que reflejen los estados financieros de la liquidación.

El patrimonio autónomo, constituido tras la firma del contrato de fiducia con los bienes afectos a la prestación del servicio, se denominará PARAPAT y recibirá automáticamente el pago de la contraprestación derivada del Contrato de Explotación suscrito entre Telecom en Liquidación y sus Teleasociadas en Liquidación con Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P.

El PARAPAT distribuirá los ingresos recibidos entre el Patrimonio Autónomo de Pensiones, PAP y el Patrimonio Autónomo de Remanentes, PAR y le dará prioridad al financiamiento del pasivo pensional.

El Patritmonio Autónomo Remanente, PAR se encargará de administrar, enajenar y sanear los activos no afectos al servicio al igual que garantizará la administración, conservación, custodia y transferencia de los archivos, atenderá la obligaciones remanentes y contingentes y los procesos judiciales o reclamaciones en curso al momento de la terminación del proceso liquidatorio.

Los Decretos 4769, 4770, 4771, 4772, 4773, 4774, 4775, 4776, 4777, 4778, 4779, 4780, 4781 y 4782 del 30 de diciembre de 2005 ampliaron el plazo de los procesos liquidatorios de las siguientes empresas:

Telecaquetá S.A. E.S.P. en Liquidación, Telemaicao S.A. E.S.P. en Liquidación, Telecalarcá S.A. E.S.P. en Liquidación, Teletuluá S.A. E.S.P. en Liquidación, Telenariño S.A. E.S.P. en Liquidación, Telesantarosa S.A. E.S.P en Liquidación, Telecartagena S.A. E.S.P en Liquidación, Telbuenaventura S.A. en Liquidación, Telearmenia S.A. E.S.P. en Liquidación, Teletolima S.A. E.S.P. en Liquidación, Teleupar S.A. E.S.P. en Liquidación, Telehuila S.A. E.S.P. en Liquidación, Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom en Liquidación y Telesantamarta S.A. E.S.P. en Liquidación.

 
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