Enero de 2006

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 
Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006
1
8
9
24 de enero

Acuerdo tendrá una duración de 10 años

GOBIERNO FIRMÓ CON ALPINA PRIMER CONTRATO DE ESTABILIDAD JURÍDICA

  • La iniciativa jalonará inversiones de la empresa por cerca de 25 millones de dólares en los próximos cinco años.
  • También le permitirá a la compañía generar casi tres mil empleos entre directos e indirectos.

Bogotá, 24 ene. (SNE).- El Gobierno Nacional suscribió con la empresa Alpina S.A. el primer contrato de estabilidad jurídica que se firma en el país, luego de ser aprobada por el Congreso de la República la ley que regula este tipo de acuerdos, hace cerca de seis meses.

El acuerdo, que se constituye en un importante instrumento para la promoción de la inversión de capitales nacionales y extranjeros, tendrá una duración de 10 años -entre el 2006 y el 2015- durante los cuales la Nación se compromete con la empresa a mantenerle un marco jurídico estable para ciertas normas solicitadas por la compañía.

Dichas normas tienen que ver con aspectos diversos del impuesto a la renta y complementarios, identificados por Alpina como determinantes para inversiones que piensa realizar en el corto y mediano plazo.

La ceremonia se realizó este martes en el Salón Gobelinos de la Casa de Nariño con la presencia del presidente Álvaro Uribe Vélez y del ministro de Comercio, Industria y Turismo, Jorge Humberto Botero.

El contrato le permitirá a la compañía desarrollar entre los años 2006 y 2010 un plan de expansión industrial valorado en 25 millones de dólares (cerca de 60 mil millones de pesos).

La inversión -repartida en infraestructura, nuevos equipos, ingeniería y montaje- cubre un total de 12 subproyectos en dos fases: la primera será de modernización y acondicionamiento, y la segunda de crecimiento de la empresa.

A cambio de la garantía de estabilidad jurídica, la compañía le pagará a la Nación una prima equivalente al uno por ciento de la cuantía total de la inversión.

Según el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, otras empresas están interesadas en acogerse a la iniciativa, por lo que se espera que en el curso del primer trimestre de este año se firmen otros tres o cuatro contratos de este tipo.

BENEFICIOS DEL CONTRATO CON ALPINA

El proyecto de inversiones diseñado por la empresa y que se realizará en el marco del contrato suscrito con el Gobierno le permitirá generar casi tres mil empleos entre directos e indirectos.

Además, gracias al plan de expansión, la empresa proyecta incrementar en forma importante la participación de las exportaciones dentro de sus ventas totales, en particular a Venezuela y Ecuador.

Para el último año de vigencia del contrato (2015), Alpina prevé superar los 200 mil millones de pesos en compras, multiplicando así la demanda de bienes y servicios y estimulando la consolidación de encadenamientos productivos.

En materia ambiental, las inversiones de la compañía harán posible un mejoramiento de sus procesos productivos, a través de la reducción de emisiones de dióxido de carbono, una disposición adecuada de sus desperdicios y aguas residuales y una mayor eficiencia en el consumo de energía.

La aprobación de este primer contrato de estabilidad jurídica se realizó desde el pasado 9 de diciembre por el Comité creado para este propósito, el cual está integrado por los Ministros de Comercio, Industria y Turismo; de Hacienda y Crédito Público; y por el Director del Departamento Nacional de Planeación, quienes por consenso aprobaron la suscripción del mismo.

LOS CONTRATOS

El 8 de julio de 2005 se publicó en el Diario Oficial la Ley 963 o de estabilidad jurídica para los inversionistas en Colombia. La legislación fue reglamentada mediante decreto 2950 del 29 de agosto de 2005.

El instrumento autoriza al Gobierno Nacional a hacer pactos con los inversionistas, para garantizarles la aplicación de ciertas disposiciones legales y reglamentarias que les den seguridad a la hora de realizar sus inversiones.

Los contratos de estabilidad jurídica buscan asegurar a los inversionistas que los suscriban, que si durante su vigencia se modifican en forma adversa las normas o interpretaciones estipuladas en dichos contratos, estos cambios no les serán aplicables durante la duración de los mismos.

Están excluidas normas relacionadas con la seguridad social, tributos que el Gobierno Nacional decrete bajo estados de excepción, impuestos indirectos, la regulación prudencial del sector financiero y el régimen tarifario de servicios públicos.

Los inversionistas pueden ser personas naturales, jurídicas o consorcios nacionales o extranjeros que efectúen nuevas inversiones o amplíen las existentes en el territorio nacional, en un monto mínimo a un millón de dólares equivalente a 7.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En tal sentido, se consideran inversiones nuevas las que se realicen o entren en operación con posterioridad a la vigencia de esta nueva Ley.

Las actividades en las que se podrán realizar este tipo de contratos son las turísticas, industriales, agrícolas, de exportación agroforestales, mineras, de zonas procesadoras de exportación, zonas libres comerciales y de petróleo, telecomunicaciones, construcciones, desarrollos portuarios y férreos, de generación de energía eléctrica, proyectos de irrigación y uso eficiente de recursos hídricos.

 
CONTÁCTENOS
MAPA DEL SITIO
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA