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Empresas podrán ser multadas hasta con $296,6 millones

DIAN AMPLIÓ HORARIOS PARA QUE EMPRESAS PRESENTEN INFORMACIÓN EXÓGENA

Bogotá, 25 jul. (SNE).- La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) amplió el horario de atención a las personas naturales y jurídicas que durante el año gravable 2005 hubieren practicado retenciones, para que presenten la información exógena exigida por el Estatuto Tributario.

Esta medida beneficia a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, las cooperativas de ahorro y crédito, cámaras de comercio, bolsas de valores y comisionistas de bolsa, notarios, entidades públicas y privadas, agentes retenedores, grupos económicos y empresariales, convenios de cooperación y asistencia técnica y en general todas aquellas personas obligadas conforme al artículo 631 de Estatuto Tributario.

La información se deberá entregar de manera presencial y se podrá hacer en la Escuela de Impuestos ubicada en la Avenida El Dorado No. 75-60, o en el pabellón 20 de Corferias (Calle 22F carrera 42 esquina), de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7 p.m..

Y para resolver inquietudes se puede comunicar a nivel nacional en el call center 019001115462 y en Bogotá en la línea 5462200.

El plazo para la presentación de esta información será hasta el próximo 7 de septiembre del presente año según el último digito del Número de Identificación Tributaria (NIT), y se debe llevar en disco compacto, en archivo USB o disquete.

Para agilizar el cumplimiento de esta obligación los contribuyentes y usuarios de la Entidad podrán ingresar a la página web www.dian.gov.co, en el link “Presentación de información por envió de archivos” y descargar el Prevalidador de Datos sin costo alguno y así conformar la información en un archivo XML para luego entregarlo a la administración de la jurisdicción tributaria correspondiente.

La DIAN advirtió que las personas y entidades obligadas a suministrar información tributaria, así como aquellas a quienes se les haya solicitado informaciones o pruebas, que no la suministren dentro del plazo establecido para ello o cuyo contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado, podrán ser sancionados hasta por 296 millones 640 mil pesos.

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