Julio de 2003

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
6
13
PRESIDENTE URIBE FIRMA CONVENCIÓN DE ONU CONTRA TOMA DE REHENES

Arauca, 16 jul (CNE). Un nuevo instrumento para enfrentar la amenaza del terrorismo adoptó en Arauca el presidente Álvaro Uribe Vélez. Se trata de la firma de la Ley de ratificación de la Convención Internacional contra la Toma de Rehenes, que fue puesta en vigencia por el organismo el 3 de junio de 1983.

El Jefe de Estado tomó la determinación de ratificar esta Convención como consecuencia del nuevo contexto internacional surgido a raíz de los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos, y la conciencia que ha surgido en la comunidad internacional para combatir por todos los medios el fenómeno del terrorismo.

"Colombia ha vivido muchos 11 de septiembre a lo largo de su historia", ha dicho Uribe al respecto en varios foros internacionales.

Esta Convención determina que la toma de rehenes constituye un acto de terrorismo, y establece mecanismos de cooperación entre los Estados para la prevención, enjuiciamiento y castigo de las personas que lo cometan.

En este sentido la cooperación contempla la extradición de responsables del delito en cuestión. "Los Estados Partes se comprometen a incluir tales delitos como casos de extradición en todo tratado de extradición que celebren entre sí en el futuro", dice la Convención.

El tratado multilateral es importante para Colombia, no sólo por la determinación de actuar en conformidad con los requerimientos internacionales en materia de lucha contra el terrorismo, sino por la propia problemática del país que se relaciona con lo regulado allí.

El texto excluye de su aplicación los actos de toma de rehenes de alcance puramente interno, es decir aquellos que no tengan repercusiones internacionales directas. Por lo tanto, sólo se aplica si el presunto delincuente se encuentra en el territorio de un Estado diferente del Estado en cuyo territorio se cometió el acto, o si la víctima o el perpetrador son nacionales de otro Estado.

Claro ejemplo de esto es el secuestro y posterior asesinato de tres indigenistas estadounidenses por parte de las Farc, y el juicio que abrió una Corte estadounidense contra los responsables de esos delitos.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA