Proyecto define el marco general para este sector
NUEVA LEY DE TELECOMUNICACIONES AL CONGRESO
Bogotá, 19 jul (CNE). Un proyecto de ley de telecomunicaciones y de tecnologías de información presentará el Gobierno al Congreso de la República, con el fin de definir el marco general para la actividad de este sector económico en el país.
En la iniciativa de 75 artículos se aclara que las telecomunicaciones son un servicio público esencial cuya prestación es permanente y continua, y por lo tanto no se puede detener.
Establece las funciones del Ministerio de Comunicaciones, del Fondo de Comunicación, de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, los derechos de los usuarios, las normas por las cuales se regularán las empresas operadoras de servicios y fija un régimen de transición al que deben someterse los actuales operadores.
El proyecto de ley establece una contribución a todos los proveedores para garantizar el acceso y el servicio universal a toda la población. Esta contribución se irá reduciendo gradualmente cuando se logre un adecuado desarrollo y prestación de la tecnología de la información.
Durante el régimen de transición al cual deben someterse todos los operadores de servicios de telecomunicaciones, se fija una contribución de carácter parafiscal que será pagada en diferente forma.
Por ejemplo, quienes paguen al Fondo de Comunicaciones el 5 por ciento de sus ingresos brutos, contribuirán adicionalmente con un 3 por ciento de esos mismos ingresos.
Esa contribución se irá reduciendo gradualmente hasta llegar al 2,5 por ciento al final del quinto año.
Para quienes no contribuyan al Fondo de Comunicaciones la nueva contribución será del 1 por ciento de los ingresos brutos durante el primer año y subirá gradualmente hasta el 2,5 por ciento en el quinto año.
Y para los demás proveedores se establece una contribución del 2 por ciento de los ingresos brutos para incrementarla hasta el 2,5 por ciento en el año quinto.
El proyecto define las situaciones bajo las cuales el Estado intervendría en la prestación de los servicios de comunicaciones y en las que se modificaría la asignación de frecuencias.
Así mismo, establece las inhabilidades para ser contratistas en este sector y advierte que las licencias y contratos para uso del espectro electromagnético serán por 20 años.
En el artículo 20 se les advierte a los departamentos, distritos y municipios que no podrán gravar a los proveedores de servicios o redes de telecomunicaciones de manera diferente o adicional a la impuesta de manera general a las demás empresas que desarrollen actividades comerciales o industriales.
Con respecto a los usuarios el proyecto señala que podrán elegir y cambiar libremente de proveedor, que las compañías deben informar sobre las condiciones a los usuarios y que su período de permanencia no puede ser mayor a un año.
El proyecto deja en libertad a los proveedores para fijar libremente los precios de sus servicios, pero les advierte que tienen que diseñar opciones para la población de menores ingresos.
También indica que habrá regulación o control cuando se fijen tarifas superiores a la competencia, cuando haya subsidios cruzados o cuando se establezcan precios predatorios.
Un aspecto importante es que la iniciativa da 6 meses de plazo a las empresas industriales y comerciales del Estado que estén prestando servicios de comunicaciones, para que se transformen en sociedades por acciones.
En el articulado se modifica la actual Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, dejándola como Comisión de Regulación de Comunicaciones, y se le establecen sus funciones.
La norma entraría a regir a los 8 meses de haber sido aprobada en el Congreso de la República.