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Opera para impuestos de Renta, Ventas, Retenciones y Timbre Nacional

SE ACABA PLAZO PARA CONCILIAR DEUDAS CON LA DIAN

Bogotá, 23 jul (cne). Los contribuyentes que están en discusión con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para conciliar el pago atrasado de gravámenes, sólo tienen una semana para llegar a los acuerdos definitivos.

Así lo informó hoy el director de la DIAN, Mario Aranguren, quien agregó que la Ley 788 de 2002 (Reforma Tributaria) estableció como último plazo para acceder a este beneficio el 31 de julio próximo, lo cual permite no sólo conciliar los valores en discusión, sino la totalidad de los intereses de mora y las sanciones de esas deudas.

El beneficio cubre única y exclusivamente a los contribuyentes que discuten el valor de sus impuestos dentro de las instancias previstas por la DIAN o en los Tribunales, pero no a aquellos que tienen deudas en mora y que aún no las cancelan.

De acuerdo con la Ley, las obligaciones objeto del beneficio están relacionadas con los impuestos de Renta, Ventas, Retenciones y Timbre Nacional.

Según la Ley, si el valor de los impuestos adeudados entró en discusión ante la jurisdicción contenciosa administrativa antes de la entrada en vigencia de la legislación, se podrá conciliar hasta un 20% del mayor impuesto discutido y el valor total de las sanciones e intereses según el caso.

Lo anterior siempre y cuando el contribuyente o responsable pague el ochenta por ciento (80%) del mayor impuesto y la actualización de la deuda.

Cuando el proceso contra una liquidación oficial se halle en única instancia o en conocimiento del Consejo de Estado, se podrá conciliar sólo el valor total de las sanciones e intereses, siempre que el contribuyente o responsable pague el ciento por ciento (100%) del mayor impuesto y su actualización en discusión

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