COMUNICADO DE PLANEACIÓN NACIONAL Y EL MINISTERIO DE HACIENDA
Bogotá, 02 oct. (CNE).- El siguiente es el texto del comunicado expedido esta noche por el Departamento de Planeación Nacional y el Ministerio de Hacienda.
PUNTO 14 DEL REFERENDO
CONGELACIÓN DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO, SALARIOS Y PENSIONES
El Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda se permiten aclarar que:
1. El congelamiento de los salarios y pensiones, entre 2 y 25 SMLV, por concepto de la aprobación del punto 14 del Referendo, se realizará única y exclusivamente por dos años a partir de su entrada en vigencia.
2. Los dos años de congelamiento corresponden al 2003 y 2004.
3. Habida cuenta que este año en algunas entidades públicas se incrementaron los salarios, el gobierno nacional dará las indicaciones para la aplicación de las medidas, en caso de aprobarse este punto del Referendo, garantizando el principio de igualdad a todos los servidores del Estado.
4. De esta forma, en todos los casos el congelamiento será efectivo por 24 meses, con base en la remuneración de diciembre de 2002.
SANTIAGO MONTENEGRO ALBERTO CARRASQUILLA
Director DNP Ministro de Hacienda