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SOLAMENTE EL PUNTO 4 ES JUSTIFICACIÓN SUFICIENTE PARA VOTAR EL REFERENDO

Bogotá, 6 oct. (CNE).- El siguiente es el texto del editorial del 6 de octubre de 2003, del diario El Heraldo de Barranquilla, referente a la pregunta número cuatro del referendo contra la corrupción y la politiquería, que será votado el próximo 25 de octubre.

El miedo a la participación

El referendo ha desatado unas pasiones selectivas sobre ciertos artículos en especial en el punto 4. Muchos ilustres ejecutivos que han hecho carrera en el sector público en Bogotá, han manifestado que del referendo este punto no les gusta. Parece una consigna que se ha puesto de moda entre los yuppies:
“o ssssea, yo voto el referendo pero no el punto cuarto, bien?” Así lo puntualizó el Senador Rafael Pardo en artículo que nos envía amablemente y que acogemos en estas columnas para nuestros lectores.

Para mirar con objetividad este asunto hay que empezar por explicar como se tramita y aprueba hoy el presupuesto de la nación. El Gobierno hace el proyecto y lo presenta al congreso el 20 de julio de cada año, el Congreso debe aprobarlo a más tardar el 20 de octubre. Si no lo hace, el Gobierno adopta el presupuesto por decreto en lo que se llama dictadura fiscal. Además, cualquier cambio en el presupuesto que quiera hace el Congreso el Gobierno debe autorizarlo con la firma del ministro de Hacienda y del director de Planeación. Estos procedimientos no los cambia el referendo.

Lo que cambia el punto 4 son cinco cosas. Primero, se establece antes de llegar al Congreso la obligación de realizar audiencias públicas en las que el Gobierno presentaría en cada Departamento su proyecto de presupuesto para ese Departamento. Eso debe ocurrir entre enero y abril de cada año. Las audiencias son consultivas. El miedo de los que no gustan de este punto a las audiencias y a que la gente conozca el presupuesto, debería quitársele si miraran los sábados los consejos comunitarios que el Presidente realiza en los Departamentos. La transparencia es el propósito. El presupuesto debe dejar de ser un arma secreta de los burócratas y de los políticos.

Segundo. Una vez surtidas las audiencias el presupuesto debe ir al mismo examen a las bancadas departamentales del Congreso. Los congresistas de cada Departamento formularán observaciones al proyecto presentado. Eso es tan útil que para esta vigencia todos los congresistas de Bogotá verificamos como el Gobierno nacional birló su compromiso de cofinanciar la Avenida Longitudinal de Occidente para Bogotá. ¿Hicimos mal? Sin embargo, tampoco en estas sesiones no se decide ni se puede por voluntad de los parlamentarios cambiar nada.

Tercero. El proyecto de presupuesto también iría a examen de las comisiones constitucionales del Congreso que son de carácter sectorial. Así la comisión segunda estudiaría el presupuesto de defensa y relaciones. Esto le quita la exclusividad a las comisiones de presupuesto del Congreso y permitiría advertir, con mayor anticipación, falencias como la que ocurrió este año en que la comisión primera de Senado advirtió que al Gobierno se le había olvidado incluir partidas para financiar la justicia.

Y sigamos con el trámite. Cada año el proyecto de presupuesto iniciaría su trámite a partir del 20 de julio tal como está hoy vigente. Que los congresistas pueden cambiar partidas? No sin el permiso del Gobierno. Que presionarían para hacerlo. No se en el pasado si otros ministros de Hacienda se dejaron presionar. Lo que se es que Junguito solamente admitió el año anterior dos cambios. Uno para financiar el instituto del Dr. Patarroyo y otro para financiar incentivos a reforestación. De cientos de proposiciones Junguito y Montenegro no se dejaron presionar. Si se puede entonces evitar presiones.

Cuarto. Se establece que no habrá partidas globales. Estas son aquellas que no están distribuidas a nivel de proyectos sino que su distribución la hace el Gobierno por vía de resolución o decreto. Es decir, en el proyecto de presupuesto el Gobierno deberá identificar todos y cada uno de los proyectos que quiere financiar. Nuevamente, ¿qué tiene esto de malo? Pues que elimina la discrecionalidad del ejecutivo para acomodar los presupuestos sobre la marcha. Eso implica más planeación y más orden en las oficinas de planeación del gobierno. Eso es más trabajo pero, sin duda, es mejor.

Pero lo más importante es que cierra la puerta y la ventana a los auxilios parlamentarios que convienen Gobierno y Congresistas de noche y a escondidas del público. Que no se tenga duda: como se llenan actualmente las partidas globales es uno de los asuntos más oscuros y corruptos de la gestión pública. Ningún proyecto es conocido por el público ni sometido a escrutinio. Al contrario, cada proyecto en que se distribuyen las partidas globales es un favor a alguien, especialmente a congresistas, en muchos casos es un serrucho con el contratista, y es un mérito que se gana algún político por cuenta del dinero público.

Quinto. Establece que los congresistas, y se aplica como todo el punto a diputados y concejales, solo podrán actuar en gestión de presupuesto dentro de estos procedimientos. Todo debe ser público. O sea, ahí sí, que cualquier gestión por fuera da lugar a pérdida de investidura.

Que el procedimiento de audiencias desvirtúa el voto programático se dice pero no es cierto.. Lo que se adiciona es que un alcalde o gobernador sea capaz de defender su proyecto en audiencias públicas. No es mucho pedir.

Finalmente, el punto cuatro introduce participación popular en el presupuesto, permite ejercer escrutinio y vigilancia, saca el debate presupuestal de las oficinas de Bogotá para las regiones, mete al Congreso y a los congresistas en un solo procedimiento público y tapa los nidos de los auxilios que son las partidas globales. Solamente el punto 4 es justificación suficiente para votar el referendo

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