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"El actual ordenamiento jurídico está incompleto": Uribe

REFERENDO COMPLEMENTA NORMAS VIGENTES SOBRE CASTIGO A CORRUPTOS

Bogotá, 8 oct (CNE).- El punto uno del referendo va mucho más allá que las normas vigentes en materia de sanciones para quien haya cometido un delito contra el patrimonio del Estado. Al respecto el presidente Álvaro Uribe Vélez explicó que en la actualidad al corrupto sólo se le castiga con la imposibilidad de volver al Congreso. En tanto que el referendo establece que no podrá regresar ni al Congreso, ni a ninguna otra corporación pública, ni ser nombrado como funcionario público, ni volver a contratar de por vida con el Estado.

El Mandatario consideró que el ordenamiento jurídico en materia de sanciones contra los corruptos está incompleto. Señaló que a un corrupto le pueden impedir regresar al Congreso, pero lo pueden nombrar o contratar en otra entidad pública. De ahí el interés para que el punto uno del referendo ampliara las sanciones y diera un paso más severo para enfrentar la corrupción y la politiquería.

“Eso no está completo en el ordenamiento jurídico. Por ejemplo, se dice que el que haya cometido un delito no puede volver al Congreso. Es que esto aquí es mucho más amplio. Aquí lo que se dice es: el que haya cometido un delito contra el patrimonio del Estado, no puede volver al Estado. Ni por nombramiento, ni por elección, ni por contrato. Sí, hay muchos que no vuelven al Congreso. Pero los eligen en algunas partes, en otras partes diferentes al Congreso. O los nombran. O los contratan. Por eso aquí el artículo es mucho más amplio que la norma que tenemos. Es un paso más severo para poder enfrentar la corrupción”, detalló Uribe Vélez.

El Jefe de Estado aclaró que el punto uno del referendo contiene dos aspectos. El primero es que quien haya cometido un delito contra el patrimonio público, no puede volver al Estado, así pague. El segundo se refiere a alguien que le cause un perjuicio civil a la Nación, sin que sea delito. En este caso, para poder volver al Estado, la persona debe pagar de su bolsillo el perjuicio causado al patrimonio público.

“Es muy claro: quien cometa delito contra el patrimonio del Estado no puede volver al Estado, así pague. El caso diferente es aquel en el cual se le causa un perjuicio al Estado sin ser delito. En ese caso, para poder volver al Estado, hay que pagar. Pero el que cometa delito contra el patrimonio del Estado, así pague, no puede volver al Estado”, explicó, en sus propias palabras, el Presidente de la República.

El texto completo del referendo contra la corrupción y la politiquería puede ser consultado en la página www.referendo.gov.co o en la línea gratuita nacional 01-8000-912005.

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