Octubre de 2003

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
TEXTO DEL COMUNICADO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA

Bogotá, 15 oct (CNE).- El siguiente es el texto del comunicado de prensa expedido por el Ministerio del Interior y Justicia:

EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES DE RODRÍGUEZ GACHA

El Juzgado 9º Penal del Circuito Especializado de Bogotá, D.C., en proveído del 13 de junio de 2003, declaró la extinción del derecho de dominio sobre 130 bienes de propiedad de los herederos del extinto narcotraficante José Gonzalo Rodríguez Gacha, alias “el mexicano”.

Los bienes materia de extinción son:

- En Puerto Salgar:

11 predios rurales.

- En Guaduas

4 predios rurales

- En Guaduas - Chaguaní (Cundinamarca)

6 predios rurales.

- En Pacho – Cundinamarca

39 predios rurales.

- En Bogotá D.C.

19 lotes urbanos

2 predios rurales

2 predios urbanos

- En San Martín – Meta

7 predios rurales

2 lotes urbanos

- En La Dorada – Caldas

1 predio rural

- En Cimitarra – Santander

3 predios rurales

- En Medellín – Antioquia

2 lotes de terreno urbanos

- En Envigado – Antioquia

11 lotes rurales

1 lote urbano

Remanentes en 5 predios rurales

- Aeronaves

3

- Sociedades

Acciones en 17 sociedades.

Esta decisión fue objeto de apelación por parte de los apoderados de los herederos de Rodríguez Gacha.

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D.C., - Sala de Decisión Penal, en proveído del 7 de octubre de 2003 resolvió confirmar en su totalidad el fallo proferido por el Juzgado Noveno Penal del Circuito Especializado de Bogotá, D.C.

ARGUMENTO CENTRAL DEL FALLO

Por parte de los opositores no se allegó prueba que permitiera deducir la procedencia lícita de su fortuna, tal como pretendieron hacerlo ver ante la judicatura y lo único que obra dentro del plenario son pruebas que establecen una vez más que los bienes materia de extinción, son producto de la actividad ilícita de tráfico de estupefaciente llevada a cabo por José Gonzalo Rodríguez Gacha.

En contra de la decisión del Tribunal no procede ningún recurso.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA