Ante suspensión de tres meses para Luis Daniel Vargas
ROSARIO CECILIA RICARDO BRAY, GOBERNADORA (e) DE BOLÍVAR
Bogotá, 17 oct. (CNE). El Gobierno Nacional designó a Rosario Cecilia Ricardo Bray como Gobernadora encargada del departamento de Bolívar, ante la suspensión provisional del titular del cargo, Luis Daniel Vargas Sánchez.
La decisión quedó consignada en el decreto 2949 del 17 de octubre de 2003, atendiendo la decisión de la Procuraduría General de la Nación de suspender a Vargas Sánchez por un período de tres meses, de acuerdo con la providencia del primero de octubre de 2003.
El siguiente es el texto del decreto 2949 de 2003.
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Decreto número 2949 del 17 de octubre de 2003
Por el cual se suspende al Gobernador del Departamento de Bolívar y se hace un encargo.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 157 de la Ley 734 de 2002 y,
CONSIDERANDO:
Que el Procurador General de la Nación, mediante providencia del 1º de octubre de2003, ordenó la suspensión provisional del doctor LUIS DANIEL VARGAS SÁNCHEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 73’075.927 de Cartagena, del cargo de Gobernador del Departamento de Bolívar, por el término de 3 meses.
Que por oficio No. 1941 del 2 de octubre del presente año, la secretaria de la Oficina de Asesores en Contratación Estatal del Despacho del Procurador General de la Nación, remitió al Señor Presidente de la República, copia de la providencia del 1º de octubre de 2003, para lo de su competencia y fines pertinentes.
Que por el término de la suspensión en el ejercicio del cargo del Gobernador titular del Departamento de Bolívar, se hace necesario designar un encargado de las funciones de su Despacho.
Que dicho encargo debe recaer en un ciudadano de la misma filiación y grupo político del titular, según lo dispone el artículo 108 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 782 de 2002, procedimiento aplicable por analogía para el caso de suspensión provisional de los Gobernadores, atendiendo razones de orden lógico jurídico y de interés público.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Suspéndase por el término de tres (3) meses en el ejercicio del cargo al doctor LUS DANIEL VARGAS SÁNCHEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 73’075.927 de Cartagena, en su condición de Gobernador del Departamento de Bolívar, en cumplimiento de lo dispuesto por el Procurador General de la Nación, en providencia del 1º de octubre de 2003.
ARTÍCULO SEGUNDO: Encargar a la señora ROSARIO CECILIA RICARDO BRAY, identificada con la cédula de ciudadanía No. 33’173.299 de Sincelejo, quien es miembro del Partido Liberal Colombiano, del cargo de Gobernadora del Departamento de Bolívar mientras dura la suspensión del titular.
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y contra el no procede recurso alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a los 17 días de octubre de 2003.
Fdo.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
Presidente de la República
FERNANDO LONDOÑO HOYOS
Ministro del Interior y de Justicia,