CARTA DEL MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA A LA REGISTRADORA
Bogotá, oct. 23 (CNE).- La siguiente es la carta enviada por el Ministro del Interior y de Justicia, Fernando Londoño Hoyos, a la Registradora Nacional, Alma Beatríz Rengifo en donde le pide su colaboración para que insista, ante los funcionarios de la Registraduría en la vigencia de las normas penales que pueden recaer sobre las personas que impidan las votaciones del Referendo :
“Doctora
ALMA BEATRIZ RENGIFO
Registradora Nacional del Estado Civil
Apreciada Alma Beatriz:
El Ministerio del Interior y de Justicia, a través de diferentes medios, ha recibido información según la cual algunas personas estarían interesadas en impedir o entorpecer el normal desarrollo de la jornada de votación del Referendo que se somete a consideración del pueblo colombiano el próximo 25 de octubre de 2003.
Es así como, en algunos casos, algunos ciudadanos pretenden demorarse intencionalmente en el cubículo de votación más del tiempo necesario para contestar el tarjetón del Referendo, perjudicando de esta manera a quienes quieren votar. En otros casos, buscan presionar a los ciudadanos para que no voten o lo hagan ene un determinado sentido.
Por tal razón, solicito su amable colaboración para insistir, ante los diferentes funcionarios de la Registraduría Nacional, en la vigencia de las normas penales que tipifican estas conductas reprochables, y tomen las medidas para evitar este tipo de conductas, haciendo, además, las correspondientes denuncias ante las autoridades disciplinarias y judiciales.
Llamo su atención, en particular, sobre los tipos penales “Perturbación de certamen democrático” y “Constreñimiento al sufragante” contemplados en los artículos 386 y 387 del Código Penal, respectivamente.
FERNANDO LONDOÑO HOYOS
Ministro del Interior y de Justicia”
La siguiente es la circular que acompaña la carta:
“CIRCULAR
PARA: GOBERNADORES, ALCALDES DISTRITALES Y MUNICIPALES, AUTORIDADES MILITARES Y DE POLICÍA
DE: MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
ASUNTO: DELITOS CONTRA MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA
El Ministro del Interior y de Justicia, a través de diferentes medios, ha recibido información según la cual algunas personas estarían interesadas en impedir o entorpecer el normal desarrollo de la jornada de votación del referendo que se somete a consideración del pueblo colombiano el próximo 25 de octubre de 2003, a través de diversas modalidades. Es así como, en algunos casos, algunos ciudadanos, pretenden demorarse intencionalmente en el cubículo de votación más del tiempo necesario para contestar el tarjetón del referendo, perjudicando de esta manera a quienes sí quieren votar. En otros casos, quieren presionar a los ciudadanos para que no voten o lo hagan en un determinado sentido.
Por tal razón, este Ministerio estima pertinente recordar las normas penales vigentes sobre la materia para que las autoridades civiles y militares las tengan presentes durante esta jornada de participación democrática y hagan las denuncias correspondientes a las autoridades disciplinarias y judiciales.
Es así como quien por cualquier maniobra engañosa pretenda perturbar o impedir la votación del referendo, o realizar su escrutinio, incurriría en el delito de “Perturbación de certamen democrático”, contemplado en el artículo 386 del Código Penal, y que es sancionado con una pena de prisión de dos (2) a seis (6) años, que puede aumentarse de cuatro (4) a ocho (8) años cuando la conducta se realice por medio de violencia.
De igual manera, este Despacho advierte que quien de alguna manera amenace por cualquier medio a un ciudadano para obtener en el referendo apoyo o votación en determinado sentido, o impida el libre ejercicio del derecho al sufragio puede incurrir en el delito de “Constreñimiento al sufragante”, contemplado en el artículo 387 del Código Penal y sancionado con pena de prisión de tres (3) a seis (6) años.
Las penas citadas anteriormente se incrementan entre una tercera parte y la mitad si la conducta es realizada por un servidor público.
FERNANDO LONDOÑO HOYOS
Ministro del Interior y de Justicia.