El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial explicó que de acuerdo con el Decreto 1477 de 2009, el 27 de junio de este año los alcaldes deben cumplir los primeros requisitos exigidos para continuar administrando estos recursos y asegurar a la población la prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico.
Bogotá, 9 jun (SP). “Desde aquí hago un llamado de urgencia a los alcaldes de Colombia para que cumplan con los primeros requerimientos que les permitan certificarse antes del 27 de junio y así puedan seguir administrando los recursos del Sistema General de Participaciones para el sector de agua. Se les está acabando el plazo”, dijo la Viceministra de Agua, Leyla Rojas Molano.
La certificación es el mecanismo de validación de la gestión distrital y municipal, que le permite a los mandatarios locales seguir administrando los recursos del Sistema General de Participación y asegurar a la población la prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico.
De acuerdo con el Decreto 1477 de 2009 expedido por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el 27 de junio de este año los alcaldes deben cumplir los primeros requisitos exigidos, teniendo en cuenta si es prestador directo o no de estos servicios.
La entidad explicó que los prestadores directos son aquellos que no están constituidos como sociedad anónima o empresa prestadora de servicios y los no directos son los que están constituidos como empresa.
“Los requisitos que se deben tener en cuenta para los dos tipos de prestadores son el uso y destinación del recurso, creación y puesta en funcionamiento del Fondo de Solidaridad y redistribución del ingreso, además la estratificación socioeconómica y metodología para asegurar el equilibrio entre subsidios y contribuciones”, señaló la entidad.
La Viceministra Leyla Rojas dijo que faltan muchos alcaldes para enviar los requisitos para ser certificados, por lo cual recomendó: “Los alcaldes que no pueden cumplir a tiempo con los requisitos, deben suscribir un acuerdo de mejoramiento con la Superintendencia de Servicios Públicos, en el cual se establecen los pasos que deben seguir para dar acompañamiento a la entidad territorial que necesita llenar los requisitos”.
Si los alcaldes hacen parte de los planes departamentales de agua, les otorgarán un mes adicional para suscribir acuerdos, siempre y cuando antes del 27 de junio envíen un compromiso a la Superintendencia en donde se obligan a firmarlos antes del 30 de julio del presente año, recordó el Ministerio de Ambiente. |