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La ley de víctimas era a todas luces inviable fiscalmente

Bogotá, 18 jun (SP). Tras examinar en detalle el texto de la ley de víctimas aprobado por el Senado esta semana, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Óscar Iván Zuluaga, envió una carta a los presidentes de las dos cámaras del Legislativo, en la que explicaba que la iniciativa, así configurada, resultaría inviable fiscalmente para el Estado, lo que podría derivar en nuevas frustraciones para las víctimas.

En la misiva, remitida a los presidentes del Senado, Hernán Andrade, y de la Cámara de Representantes, Germán Varón, el Ministro de Hacienda advertía que el costo fiscal de la iniciativa, así aprobada en el Senado, aumentaba en más de 70 billones de pesos, debido a “la implementación de medidas que generan un alto impacto en las finanzas estatales contenidas en dicha iniciativa”.

55 billones de pesos adicionales a las posibilidades del Estado

Más tarde, ante los medios de comunicación, el Ministro Zuluaga explicó que “las valoraciones que hemos hecho, sobre un universo de víctimas de 260 mil y cerca de 635 mil familias desplazadas, nos indican que el costo fiscal, en los términos en que quedó redactado en la conciliación, presentaría para la Nación una exigencia fiscal cercana a los 76 billones de pesos. Es decir, cerca de 55 billones de pesos adicionales a las posibilidades que habíamos garantizado con el texto que se aprobó en la Cámara de Representantes”.

El Ministro examinó los alcances de la iniciativa y su impacto en las finanzas del Estado:

1. El proyecto ordenaba ‘indemnización de perjuicios’. Es decir, que la reparación de los perjuicios no se hace con base en criterios de justicia transicional y menoscabo de derechos, sino en la indemnización de los daños por parte del Estado. Esto es, el resarcimiento de daño emergente, lucro cesante y la totalidad de los perjuicios morales causados a las víctimas por sus victimarios.

2. Restitución Patrimonial. La iniciativa señalaba que el Estado colombiano debería asumir directamente la restitución de la totalidad del patrimonio de las víctimas. Es decir, bienes tanto muebles como inmuebles e incluso derechos incorporales.

3. Universo más amplio. Incluía a personas que no han sido afectadas directamente por el hecho victimizante, sino que cuentan con un vínculo con la persona que lo padece, así como a individuos cuya victimización se reduce a una mera pérdida financiera.

4. Se establecía, como obligación del Estado, garantizar la sostenibilidad de los proyectos de vida de la población victimizadas.

5. Ordenaba la adopción de esquemas de protección personal, sin atender estudios del riesgo real y sin ninguna limitación en su implementación.

6. Establecía la creación de tres nuevas entidades públicas, sin tener en cuenta la institucionalidad vigente y los consecuentes incrementos del gasto de funcionamiento y la burocracia estatal.

7. Contrario a lo aprobado por la Cámara de Representantes, el proyecto no preveía la implementación gradual de la ley, sin consideración de las disponibilidades fiscales y sin estudios previos que garanticen la viabilidad y sostenibilidad de las medidas contempladas.

Nueva frustración para la población victimizada

En su carta, el Ministro también explicó que ante la magnitud del costo que significaría su implementación, “no podría determinarse la viabilidad de la ley arguyendo una aplicación gradual de sus medidas, pues de esta forma se estaría difiriendo por términos excesivamente largos la aplicación de las medidas contempladas, lo cual sólo conllevaría a una nueva frustración para la población victimizadas y, por tanto, a un incremento considerable de las contingencias judiciales del Estado por las consecuentes demandas interpuestas exigiendo el acceso a las disposiciones previstas”.

Otras disposiciones que se sumarían al impacto fiscal

La ley –indicó el Ministro- también contemplaba otras disposiciones que se sumarían al impacto fiscal, como son medidas de atención especial en materia de salud, en materia de cartera tributaria tanto del orden nacional como territorial o la no implementación de mecanismos de control y verificación por parte del Estado.

También se vería afectada la política social del Estado

El titular de la cartera de Hacienda y Crédito Público señaló, así mismo, que de aprobarse la ley como estaba configurada “afectaría de manera radical la política social del Estado, al ver disminuidos de manera sensible los recursos que se destinan para financiar programas dirigidos a reducir la pobreza, a la niñez, al adulto mayor y en general a cubrir las necesidades más sentidas de la población menos favorecida a lo largo y ancho del territorio nacional”.

A todas luces inviable fiscalmente

“Conforme a lo anteriormente expuesto y con fundamento en los estudios adelantados por esta cartera –puntualizó el Ministro en su misiva a los presidentes de las dos cámaras del Legislativo-, se concluye que el proyecto de ley que nos ocupa, tal y como está previsto en el texto referido, genera falsas expectativas a las víctimas, pues resulta a todas luces inviable fiscalmente”.