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Trabajadores por días podrán acceder a Régimen Subsidiado y al Sistema de Riesgos Profesionales

Así quedó establecido en la Resolución 2020 de 2009, con la cual el Gobierno busca avanzar en formalizar el empleo de las personas que trabajan por días, lo cual les permite además contar con un ahorro que puede ser usado cuando cesen su actividad laboral.

Bogotá, 19 jun (SP). El Ministerio de la Protección Social emitió la Resolución 2020 de 2009 por medio de la cual se establece que las personas que trabajan por días podrán acceder al Régimen Subsidiado, al Sistema de Riesgos Profesionales ARP y podrán ahorrar para el momento en el que cesen de laborar.

La iniciativa tiene como fin la formalización de la situación laboral de todas aquellas personas quienes trabajan por periodos inferiores hasta 20 días y aquellas cuyo ingreso es inferior a un salario mínimo.

Estas características se contemplan en oficios como los trabajadores domésticos, profesores que enseñan a domicilio, enfermeros o quienes atienden a menores o ancianos en sus hogares, meseros de restaurantes o bares que trabajan los fines de semana o unas noches a la semana; y trabajadores rurales en actividades de cosecheros o jornaleros, entre otros. Todos ellos accederán a los beneficios sociales complementarios.

“El primer paso es que el empleado establezca ante el municipio su situación en el Sisbén para determinar si se encuentra en el nivel 1 o 2. Posteriormente, el empleador deberá registrarse junto con los datos de los empleados ante el operador de información que ofrezca la afiliación única electrónica y diligenciar el formulario”, manifestó el Viceministro Técnico de la Protección Social, Carlos Jorge Rodríguez Restrepo.

Desde agosto

Agregó que se tiene previsto que el sistema comience a operar a finales de agosto de 2009, fecha en la cual varias entidades cumplirán la función de asesoría e ingreso de información a través de la planilla de afiliación única.

Adicionalmente se dispondrán call centers, información en material impreso y asesoría en las entidades que administran cesantías, con el fin de que cada vez más sean los beneficiados con esta iniciativa.

La persona que al momento de la nueva afiliación se encuentre inscrita en el Régimen Subsidiado o Contributivo, continuará en el mismo régimen.

Entre tanto, aquellos quienes se afilien por primera vez, ingresarán al Régimen subsidiado por un periodo de seis meses en una EPS de nivel público nacional. Después, si lo desean, podrán cambiarse a otra EPS que opere en su sitio de residencia.

De igual forma, también se optaría por esta modalidad social en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila) si la persona ya se ha registrado como ‘cotizante 41’ o ‘cotizante 42’, que son los que carecen de recursos suficientes para contribuir en salud o pensión y sus ingresos se refieran al trabajo de unos días por mes.

“Estamos a la espera de que las entidades que administran cesantías implementen el producto de Ahorro Programado a Largo Plazo (Aplp), para poder ofrecerlo a todos los colombianos que cumplan con los requisitos de acceso”, puntualizó el Viceministro.