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A través de póliza o afiliación al régimen contributivo

GOBIERNO TOMA MEDIDAS PARA GARANTIZAR SALUD DE CONCEJALES

  • Presidente Uribe cumple compromiso adquirido en Pereira.

Bogotá, 6 oct. (SNE). Los municipios y distritos del país están obligados a incluir en su presupuesto las partidas necesarias para garantizar que los concejales sean vinculados a una póliza de seguro de salud o afiliados al régimen contributivo, durante todo el período para el cual fueron elegidos.

Así lo estableció el Gobierno Nacional a través del decreto 3171 de 2004. La medida también reglamenta que los concejales tienen derecho a la prestación de los servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS) y a la cobertura familiar consagrada en este mismo sistema.

El decreto explica que la póliza de seguro o la afiliación al régimen contributivo de los concejales, se efectuará por todo el período para el cual fueron elegidos, independientemente de los períodos de las sesiones de los concejos municipales y distritales.

En caso de que, por faltas absolutas o temporales, alguien remplace en el cargo a un concejal, tendrá derecho a recibir los beneficios del POS y de cobertura familiar en materia de salud. Estos beneficios los recibirá la persona desde el momento de su posesión hasta cuando concluya el período correspondiente a la vacante.

Cabe destacar que las entidades territoriales deberán contratar la póliza de seguro de salud con una compañía aseguradora constituida y autorizada por la Superintendencia bancaria para explotar el ramo de la salud en Colombia.

En la contratación de dicha póliza deberá establecerse el acceso a los servicios de salud en el municipio o distrito de residencia del concejal y el acceso a los diferentes niveles de complejidad establecidos en el POS, así como la cobertura familiar.

En el evento en que no exista oferta de póliza de seguro de salud o su valor supere el costo de la afiliación de los concejales al régimen contributivo, los municipios y distritos podrán optar por afiliar a los concejales a dicho régimen en calidad de independientes, aportando el valor total de la cotización.

El decreto advierte que en todo caso, con cargo a los recursos del municipio, no podrán coexistir la póliza de seguro de salud con la afiliación al régimen contributivo.

Aclara que la afiliación de los concejales al régimen contributivo, con cargo a los recursos del municipio, no implica bajo ninguna circunstancia que éstos adquieran la calidad de empleados públicos o trabajadores oficiales.

Cabe recordar que el presidente Álvaro Uribe Vélez se había comprometido con los concejales del país a ayudar para mejorar la capacitación y la seguridad social en salud de los mismos.

Durante el encuentro de la Federación Nacional de Concejos que se llevó a cabo en Pereira, el pasado primero de octubre, el presidente Uribe recibió denuncias según las cuales ellos y sus familias estaban desprotegidos sobre todo en lo que se refiere a salud.

En relación con este tema, el ministro de la Protección Social, Diego Palacio, explicó que según la Ley 136 de 1994, los concejales sí tienen derecho a acceder a los servicios de salud. Anunció igualmente que ya se había concertado con algunos municipios la consecución de pólizas.

También dijo que estaba listo “el decreto reglamentario de esa ley a través del cual se mantiene la póliza de salud que permite cubrir el tratamiento de las personas. En los municipios donde no hay compañías aseguradoras y no hay pólizas, se reemplaza por la posibilidad de acceso al régimen contributivo con recursos del presupuesto municipal”.

Dicho decreto, pues, es el que acaba de expedir el Gobierno bajo el número de radicación 3171.

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