A
través
de póliza o afiliación al régimen contributivo
GOBIERNO TOMA MEDIDAS PARA GARANTIZAR SALUD DE CONCEJALES
- Presidente Uribe cumple compromiso
adquirido en Pereira.
Bogotá, 6 oct. (SNE). Los municipios y distritos del país
están obligados a incluir en su presupuesto las partidas
necesarias para garantizar que los concejales sean vinculados a
una póliza de seguro de salud o afiliados al régimen
contributivo, durante todo el período para el cual fueron
elegidos.
Así lo estableció el Gobierno Nacional a través
del decreto 3171 de 2004. La medida también reglamenta que
los concejales tienen derecho a la prestación de los servicios
incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS) y a la cobertura
familiar consagrada en este mismo sistema.
El decreto explica que la póliza de seguro o la afiliación
al régimen contributivo de los concejales, se efectuará por
todo el período para el cual fueron elegidos, independientemente
de los períodos de las sesiones de los concejos municipales
y distritales.
En caso de que, por faltas absolutas o
temporales, alguien remplace en el cargo a un concejal, tendrá derecho a recibir los
beneficios del POS y de cobertura familiar en materia de salud.
Estos beneficios los recibirá la persona desde el momento
de su posesión hasta cuando concluya el período correspondiente
a la vacante.
Cabe destacar que las entidades territoriales
deberán contratar
la póliza de seguro de salud con una compañía
aseguradora constituida y autorizada por la Superintendencia bancaria
para explotar el ramo de la salud en Colombia.
En la contratación de dicha póliza deberá establecerse
el acceso a los servicios de salud en el municipio o distrito de
residencia del concejal y el acceso a los diferentes niveles de
complejidad establecidos en el POS, así como la cobertura
familiar.
En el evento en que no exista oferta de
póliza de seguro
de salud o su valor supere el costo de la afiliación de
los concejales al régimen contributivo, los municipios y
distritos podrán optar por afiliar a los concejales a dicho
régimen en calidad de independientes, aportando el valor
total de la cotización.
El decreto advierte que en todo caso, con
cargo a los recursos del municipio, no podrán coexistir la póliza de seguro
de salud con la afiliación al régimen contributivo.
Aclara que la afiliación de los concejales al régimen
contributivo, con cargo a los recursos del municipio, no implica
bajo ninguna circunstancia que éstos adquieran la calidad
de empleados públicos o trabajadores oficiales.
Cabe recordar que el presidente Álvaro Uribe Vélez
se había comprometido con los concejales del país
a ayudar para mejorar la capacitación y la seguridad social
en salud de los mismos.
Durante el encuentro de la Federación Nacional de Concejos
que se llevó a cabo en Pereira, el pasado primero de octubre,
el presidente Uribe recibió denuncias según las cuales
ellos y sus familias estaban desprotegidos sobre todo en lo que
se refiere a salud.
En relación con este tema, el ministro de la Protección
Social, Diego Palacio, explicó que según la Ley 136
de 1994, los concejales sí tienen derecho a acceder a los
servicios de salud. Anunció igualmente que ya se había
concertado con algunos municipios la consecución de pólizas.
También dijo que estaba listo “el decreto reglamentario
de esa ley a través del cual se mantiene la póliza
de salud que permite cubrir el tratamiento de las personas. En
los municipios donde no hay compañías aseguradoras
y no hay pólizas, se reemplaza por la posibilidad de acceso
al régimen contributivo con recursos del presupuesto municipal”.
Dicho decreto, pues, es el que acaba de
expedir el Gobierno bajo el número de radicación
3171.
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