Será actualizado
cada tres meses
CREAN SISTEMA DE SEGUIMIENTO A PROYECTOS
DE INVERSIÓN PÚBLICA
Bogotá, 11 oct. (SNE). - El Gobierno Nacional creó un
sistema de seguimiento a los proyectos de inversión pública
con el fin de evaluar la gestión y realizar el seguimiento
de los programas en los que se inviertan recursos públicos.
La decisión la tomó el Departamento Nacional de
Planeación a través del decreto 3286 en el que señala
que los sistemas de información servirán de soporte
al cumplimiento de la misión, objetivos y funciones, deben
dar cuenta del desempeño institucional y facilitar la evaluación
de la gestión pública tanto al interior del Gobierno
como de la ciudadanía en general.
El sistema es un conjunto integrado de
procesos automatizados que permita evaluar la gestión
y realizar el seguimiento de los proyectos.
Este sistema se aplica a todos los órganos y entidades
del sector público que comprometan apropiaciones del presupuesto
de inversión del presupuesto general de la Nación;
a las entidades descentralizadas del orden nacional.
Así mismo a los proyectos que ejecuten entidades fiduciarias,
instituciones financieras, organismos de cooperación y asistencia
técnica, contratos de administración de recursos
y, en general, a través de cualquier negocio jurídico
que implique que la ejecución se realice con el concurso
de un tercero.
La información deberá ser suministrada a la Dirección
de Inversiones y Finanzas Públicas de Planeación
Nacional y este organismo estatal tendrá que mantener en
su página web la información para ser consultada,
con fines de control social, por todos los interesados.
A su vez la información tiene que ser suministrada por
todas las personas naturales o jurídicas, públicas
o privadas que cumplan con labores de interventoría en los
contratos estatales.
En el caso de las entidades públicas deberá ser
entregada por el jefe de la oficina de Planeación y tiene
que ser actualizada por quien haga la interventoría, o ejecute
los proyectos ya sean ejecutadas por uno o más contratistas.
La actualización de la información deberá realizarse
en los 15 primeros días de enero, abril, julio y octubre
de cada año.
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