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Ministro de Comercio interpuso recurso de apelación contra fallo que hundió en primer debate el proyecto

GOBIERNO BUSCA REVIVIR PROYECTO DE LEY DE ESTABILIDAD JURÍDICA PARA INVERSIONISTAS

Bogotá, 11 oct. (SNE). - El Gobierno Nacional sabe lo importante que es el factor de estabilidad jurídica para los inversionistas. Por eso, ante la decisión de la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes que la semana pasada archivó el proyecto de ley que busca generar unas reglas claras para quien invierta en el país, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo interpuso un recurso de apelación.

Tan pronto se conoció la decisión de la comisión tercera de la Cámara, el jefe de la cartera de Comercio, Jorge Humberto Botero, le presentó a la Plenaria de la Cámara la apelación respectiva con el fin de que el ente legislativo examine la posibilidad de presentar de nuevo el proyecto en otra comisión.

Con este recurso de apelación que se presentó ante la Presidencia de la Cámara de Representantes, abrió una nueva posibilidad para revivir el proyecto.

Inicialmente se nombró una comisión accidental integrada por los Representantes Zulema Jattin, Sergio Diazgranados, Eduardo Crissien, Adriana Gutiérrez, Santiago Castro, Oscar Dario Pérez, Carlos Julio González, Rafael Amador y Wilson Borja.

Esta comisión deberá rendir un informe a la Plenaria de la Corporación la próxima semana, explicando los diferentes motivos por los cuales se debe revivir el proyecto o archivarlo definitivamente.

“De manera que estamos trabajando intensamente tratando de preservar y sacar adelante una iniciativa que creemos buena para el país y merece una segunda oportunidad en el Congreso”, dijo el ministro Botero.

Una vez se rinda dicho informe, la Plenaria resolverá si debe devolverse a primer debate a una comisión distinta a la que lo negó (Tercera) o si por el contrario ratifica la decisión, en cuyo caso el proyecto se hunde.

RAZONES FUNDAMENTALES

Para el Gobierno Nacional es clara la necesidad de revivir este proyecto por todo lo que implica en términos de oportunidades de inversión y por ende desarrollo.

“Colombia tiene que crecer a tasas superiores al 4 por ciento anual para aumentar el ingreso per cápita de la población, con lo cual se calcula que se requieren inversiones equivalentes al 3 por ciento del PIB”, argumenta el Gobierno.

Y justamente la estabilidad jurídica es uno de los factores que más incide en la determinación de invertir en un determinado país, porque es evidente que el constante cambio en la normatividad y las permanentes variaciones en las reglas de juego no permiten evaluar claramente los riesgos y beneficios que ella implica.

“La propuesta del Gobierno, ampliada y mejorada con los aportes introducidos por los miembros del Congreso en el trámite surtido hasta el momento, permite al inversionista nacional y extranjero tener certeza suficiente sobre la estabilidad de las normas específicas que son determinantes para su inversión”, aseguró el Ministro de Comercio.

El proyecto de ley en discusión –agregó- crea los contratos de estabilidad jurídica para inversionistas nacionales o extranjeros que realicen inversiones iguales o superiores a 5 millones de dólares o amplíen las existentes.

“Mediante estos contratos se asegura a los inversionistas nacionales o extranjeros que los suscriban, que si durante su vigencia se modifican en forma adversa las normas o interpretaciones estipuladas en dichos contratos, estas modificaciones no les serán aplicables durante el término de duración de los mismos”, puntualizó en su recurso.

Para el Gobierno, este proyecto de ley mantiene el equilibrio entre los intereses de las partes involucradas. Al inversionista le permite obtener estabilidad jurídica respecto de normas, tanto de orden nacional como local, y sus interpretaciones administrativas vinculantes, siempre que sean determinantes para su inversión; dicha estabilidad se mantendrá por un término máximo de 20 años.

Por otra parte, se está salvaguardando el interés general al excluir de los contratos de estabilidad jurídica la protección sobre regímenes normativos completos. Con el mismo fin, se somete la aprobación de la suscripción del contrato a consideración de un comité intergubernamental del más alto nivel, lo cual responde a la necesidad de obtener una visión integral y un análisis multidisciplinario de los beneficios de la inversión y las implicaciones de la estabilidad jurídica que se solicita, involucrando a los potenciales interesados gubernamentales en la toma de la decisión.

Finalmente, se establece la obligación del inversionista de pagar una prima por obtener dicha estabilidad. La prima responde a un criterio de equidad, pues el inversionista beneficiado con el contrato de estabilidad jurídica recibirá un beneficio que no se le está otorgando a la población en general. Por esta razón, la prima tiene un sentido de contraprestación.

Adicionalmente, y con el mismo propósito de salvaguardar el interés general, se establecen causales de terminación anticipada del contrato, tales como la no realización de la totalidad o parte de la inversión, el no pago de la totalidad o parte de la prima o el estar incurso en las situaciones previstas en la cláusula anticorrupción.

“Con el fin de evitar un desequilibrio fiscal, mayor inseguridad jurídica o un caos administrativo, y así mismo para garantizar los derechos de los trabajadores, la estabilidad jurídica contractual no puede recaer sobre normas relativas a tributos decretados en estados de excepción, régimen de seguridad social, impuestos indirectos, regulación prudencial del sector financiero o sobre el régimen tarifario de los servicios públicos”, advierto Botero.

Por eso el jefe de la cartera comercial está convencido no sólo de la necesidad de que este proyecto se convierta en Ley de la República, sino del segundo aire que podrá tomar en la Cámara de Representantes.

“Estoy optimista sobre las posibilidades de obtener respaldo parlamentario para que proyecto de ley siga su curso. Además, esta no es una ley de estímulos tributarios sino de estabilidad jurídica que podría comprender o no la normativa tributaria, pero hay muchas otras normas que para los inversionistas son cruciales que podrían ser objeto de los contratos de estabilidad”, insistió.

Si el proyecto no tuvo éxito en la Comisión Tercera –añadió- es porque al Ministro de Comercio le faltó capacidad de persuasión, sus dotes dialécticas y su capacidad argumental no fueron suficientes. Esperamos que en una nueva ronda el Ministro tenga la capacidad de persuadir a los miembros del Congreso.

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