RESOLUCIÓN DE DECLARATORIA
DE CALAMIDAD EN CÓRDOBA
Bogotá, 14 oct. (SNE).- El siguiente es el texto de la
resolución 016 del ministerio del Interior y de Justicia
por la cual se declara la ‘situación de calamidad
pública’ en 15 municipios de Córdoba:
“RESOLUCION No.
16
(14 de Octubre2004)
POR LA CUAL SE DECLARA
LA SITUACION DE CALAMIDAD PUBLICA Y SE RECONOCE AFECTACION EN
15 MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DE CORDOBA
LA DIRECTOR A (E) DE PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES DEL MINISTERIO
DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
En ejercicio de sus facultades y en especial
de las conferidas por el artículo 48 del Decreto 919 de
1989, y
CONSIDERANDO
Que en el Departamento de Córdoba, específicamente
los municipios de Monteria, Ayapel, Cienaga de Oro, Cereté,
San Pelayo, Momil, Planeta Rica, Purísima, Moñitos,
Lorica, San Andrés de Sotavento, Tierralta, Los Córdobas,
Montelíbano y San Carlos, resultaron impactados por la ocurrencia
de precipitaciones, las cuales dejaron afectadas 9.343 familias
que corresponden a 46.715 personas.
Que el Comité Regional para la Prevención y Atención
de Desastres del Departamento de Córdoba, presidido por
el señor Gobernador, con la asesoría de la Dirección
de Prevención y Atención de Desastres del Ministerio
del Interior y de Justicia, citó a los alcaldes de los diferentes
municipios afectados con el objeto de precisar los censos de las
personas afectadas, así como para realizar una evaluación
de daños y análisis de necesidades.
Que el Gobierno Nacional, en cabeza del
señor Presidente
de la República hizo presencia en la zona con el fin de
suministrar algunas ayudas humanitarias para las personas que resultaron
afectadas así como para dar los lineamientos para la formulación
y ejecución de proyectos de mitigación.
Que el Decreto Ley 919 de 1989 en su artículo 48, faculta
al Director de Prevención y Atención de Desastres
del Ministerio del Interior y de Justicia, para declarar la ocurrencia
de una Situación de Calamidad Pública, con base en
los informes presentados por el Comité Regional del Departamento
de Córdoba, con relación a la afectación presentada
en los municipios mencionados.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Declarar la Situación de Calamidad Pública
en los municipios de Montería, Ayapel, Cienaga de Oro, Cereté,
San Pelayo, Momil, Planeta Rica, Purísima, Moñitos,
Lorica, San Andrés de Sotavento, Tierralta, Los Córdobas,
Montelíbano y San Carlos municipios del Departamento de
Córdoba.
ARTICULO SEGUNDO: El Comité Regional de Prevención
y Atención de Desastres del Municipio de Córdoba,
con la colaboración de los Comités Locales de Prevención
y Atención de Desastres de los municipios afectados, elaborará el
Plan de Acción Específico de acuerdo con los lineamientos
dados en el Plan Nacional para la Prevención y Atención
de Desastres, de conformidad con el Decreto 93 de 1998.
ARTICULO TERCERO: La acción de las entidades competentes
para contribuir en los procesos de atención, rehabilitación,
reconstrucción y recuperación deberán someterse
a la normatividad especial sobre el manejo de emergencias y llevarse
a cabo bajo la Coordinación del Comité Regional y
los respectivos Comités Locales de Prevención y Atención
de Desastres.
ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de
su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 14 días
de octubre de 2004
LUZ AMANDA PULIDO
Directora (E)” |