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BAJAN INTERESES PARA PAGAR IMPUESTOS EN MORA

Bogotá, 27 oct. (SNE). - En 0,64 puntos porcentuales se redujo la tasa de interés de mora que se cobrará a los contribuyentes que no estén al día en el pago de los impuestos.

De acuerdo con lo dispuesto por el Estatuto Tributario, cada 4 meses el Ministerio de Hacienda debe fijar la tasa de interés máximo que se cobrará a los morosos en el pago de impuestos.

Cumpliendo con esa decisión el Ministerio de Hacienda decidió por medio del decreto 3457 del 21 de octubre de 2004, que la tasa de interés que se cobrará entre el 1° de noviembre del año en curso y el 28 de febrero de 2005, será del 24,99 por ciento.

Hasta el próximo domingo 31 de octubre estará vigente la tasa de interés de mora para el pago de impuestos del 25,63 por ciento, y si se compara con la nueva se aprecia la reducción de 0,64 puntos.

Esa nueva tasa de interés se cobrará a los contribuyentes que paguen los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente en mora, incluso las obligaciones aduaneras.

También se cobrará a los morosos del impuesto al Patrimonio creado por la Ley 863 y cuyo pago debió realizarse este año en dos cuotas.

El 24,99 por ciento también se aplicará para efectuar las devoluciones de impuestos.

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