BAJAN INTERESES PARA PAGAR
IMPUESTOS EN MORA
Bogotá, 27 oct. (SNE). - En 0,64 puntos porcentuales se
redujo la tasa de interés de mora que se cobrará a
los contribuyentes que no estén al día en el pago
de los impuestos.
De acuerdo con lo dispuesto por el Estatuto
Tributario, cada 4 meses el Ministerio de Hacienda debe fijar
la tasa de interés
máximo que se cobrará a los morosos en el pago de
impuestos.
Cumpliendo con esa decisión el Ministerio de Hacienda decidió por
medio del decreto 3457 del 21 de octubre de 2004, que la tasa de
interés que se cobrará entre el 1° de noviembre
del año en curso y el 28 de febrero de 2005, será del
24,99 por ciento.
Hasta el próximo domingo 31 de octubre estará vigente
la tasa de interés de mora para el pago de impuestos del
25,63 por ciento, y si se compara con la nueva se aprecia la reducción
de 0,64 puntos.
Esa nueva tasa de interés se cobrará a
los contribuyentes que paguen los impuestos, anticipos y retenciones
en la fuente
en mora, incluso las obligaciones aduaneras.
También se cobrará a los morosos del impuesto al
Patrimonio creado por la Ley 863 y cuyo pago debió realizarse
este año en dos cuotas.
El 24,99 por ciento también se aplicará para
efectuar las devoluciones de impuestos.
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