Octubre de 2004

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
10
17
18
31
 
Ratificado el archipiélago como Puerto Libre

SAN ANDRÉS ESTRENA ESTATUTO FRONTERIZO

Bogotá, 27 oct.(SNE). - El presidente Álvaro Uribe Vélez sancionó la Ley 915 de 2004 (o Estatuto Fronterizo), cuyo objetivo es crear condiciones adecuadas para el desarrollo económico social y cultural del departamento de San Andrés Providencia y Santa Catalina.

El Estatuto ratifica al archipiélago como Puerto Libre. Es decir que a su territorio podrán introducirse mercancías, bienes y servicios extranjeros, excepto armas, estupefacientes, mercancías prohibidas y precursores para fabricar narcóticos.

Establece que la introducción de los productos y servicios autorizados estará libre del pago de tributos aduaneros y sólo causará un impuesto único al consumo equivalente al 10 por ciento como tope máximo.

La Ley indica la forma como los raizales y residentes en San Andrés pueden beneficiarse con las actividades comerciales y la forma como operará el régimen de Puerto Libre.

También contiene disposiciones relacionadas con la constitución del archipiélago en zona especial de producción y generación de empleo. Establece que las mercancías, bienes y servicios producidos en el departamento y en el país podrán ser exportados libremente desde el departamento insular.

El Estatuto Fronterizo contiene todas las herramientas necesarias para promover el desarrollo de la pesca, el sector turístico, la educación, la cultura y la economía de las islas colombianas en el Mar Caribe.

Entre estas disposiciones se destacan las siguientes:

EDUCACIÓN

En un período no mayor de 5 años, deberá cumplirse lo ordenado en el artículo 43 de la Ley 47 de 1993: “La enseñanza que se imparta en el territorio del Departamento Archipiélago deberá ser bilingüe, castellano e inglés, con respeto hacia las tradicionales expresiones lingüísticas de los nativos del Archipiélago”.

Las universidades con sede en el archipiélago podrán celebrar convenios con claustros del país o el extranjero para desarrollar programas completos o de complementación de la educación superior.

Los títulos que expidan estas universidades en desarrollo de los convenios serán aceptados y homologados.

El Icetex dará especial atención a los bachilleres que culminen estudios en el departamento archipiélago.

Cada facultad de las universidades del país debe establecer un cupo mínimo para dar facilidades de ingreso a los bachilleres isleños.

La educación media de la isla propugnará por formar estudiantes con énfasis en el trabajo productivo, en las áreas de turismo, agropecuaria, pesca y comercio, con visión exportadora.

TURISMO

El Gobierno promoverá y apoyará las posadas nativas, para cuya construcción o acondicionamiento, reforma o reparación otorgarán subsidios el Banco Agrario y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

El Gobierno establecerá un régimen migratorio especial para el Departamento Archipiélago.

Tendrá un plazo no mayor de dos meses para reglamentar y dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 32 de la Ley 47 de 1993: “A partir de la vigencia de la presente ley el transporte aéreo y marítimo, de carga y de pasajeros, nacional e internacional, de y hacia el Departamento Archipiélago operará bajo la modalidad de cielos y mares abiertos”.

CENTRO DE CONVENCIONES

Faculta al Gobierno Nacional para que gestione con el sector público o privado los recursos para la construcción del Centro de Convenciones de San Andrés.

CRÉDITO

Ordena que Finagro, Bancóldex y todas las entidades públicas, financieras y de fomento, creen líneas especiales de crédito o fomento, para empresarios, cooperativas, asociaciones de pequeños productores, microempresarios, asociaciones que representen a la comunidad raizal, famiempresas, mujeres cabeza de hogar, asociaciones de tercera edad y jóvenes.

Las líneas de crédito deben dirigirse a campos como artesanías, pesca, turismo, actividad agropecuaria, industria, exportación, cultura y educación.

Los beneficiarios de los créditos serán exclusivamente los raizales y residentes en el departamento de San Andrés Providencia y Santa Catalina.

Cualquier tipo de inversión que se adelante en las islas, tienen que respetar su ambiente, el interés social, su grupo etnico y su patrimonio cultural.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA