Comunicado
El Gobierno Nacional se permite informar:
1. Es delito sin excarcelación la conducta de no devolver los dineros captados en forma ilegal, cualquiera sea su naturaleza.
2. La legislación permite que los Fiscales, en audiencia con jueces de garantía, apliquen el Principio de Oportunidad, y en consecuencia suspendan la acción penal contra quienes manifiesten la voluntad de devolver los dineros y efectivamente los devuelvan.
3. El Gobierno Nacional, de acuerdo con esta legislación, ofrece todas las garantías por intermedio de la Policía Nacional, a quienes tengan la voluntad de devolver los dineros y hacerse merecedores al beneficio del Principio de Oportunidad, que permite a los Fiscales suspender, interrumpir o renunciar a la persecución penal.
Bogotá, 18 de noviembre de 2008. |