Febrero de 2003

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Tres puntos del impuesto irán al tesoro nacional

REGLAMENTAN IVA A LA CERVEZA

Bogotá, 25 feb (CNE). El Gobierno Nacional reglamentó el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del once por ciento que pagan los productores de cervezas nacionales e importadas. Según el Decreto 414 de 2003, los tres puntos que por Ley le corresponden al Tesoro Nacional deberán declararse y pagarse bimestralmente.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que en el primer bimestre del año (enero–febrero), los productores y/o importadores de cervezas deberán declarar y pagar, entre el 10 y el 14 de marzo próximo, el valor equivalente a los tres puntos del IVA con el cual está gravada la venta de estas bebidas.

Las decisiones consagradas en el Decreto 414 de 2003 también establecen que los importadores de cerveza deberán declarar estos tres puntos del IVA, en el formulario de declaración de importación establecido por la Dian, y consignarlos a favor del Tesoro Nacional con los demás tributos aduaneros.

En cuanto a la administración y el control del Impuesto, la disposición gubernamental indica que le corresponde a la Dian la fiscalización, liquidación oficial, discusión y cobro del tres por ciento (3%) adicional del impuesto sobre las ventas (IVA) que aplica sobre las cervezas y el cual debe ser girado al Tesoro Nacional.

 

 

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